Familia del joven fallecido en Sonseca estudia recurrir al TC la rebaja de la condena de los tres acusados

Actualizado: martes, 3 enero 2012 20:59

TOLEDO, 3 Ene. (EUROPA PRESS) -

La familia de José Félix García-Ochoa, que falleció el 4 de abril de 2008 como consecuencia del traumatismo craneoencefálico que le causaron los golpes propinados por tres jóvenes en Sonseca, se va a reunir este lunes con sus abogados para estudiar recurrir la sentencia del Tribunal Supremo, que rebaja de 23 a 13 años la pena de prisión de los tres condenados por este hecho.

Así lo ha confirmado a Europa Press el abogado de la familia, Ángel Benito, quien ha indicado que la familia dispone de 30 días hábiles desde la publicación de la sentencia del Supremo para presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Por su parte, la hermana del fallecido, Nuria García, en declaraciones a Europa Press, ha asegurado que los tres procesados son "los asesinos" de su hermano.

"Me da igual lo que diga un papel, si alguien quiere justicia que vaya al cementerio", ha manifestado Nuria García, tras conocer la sentencia del Supremo.

SENTENCIA DEL SUPREMO

En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Tribunal Supremo anula el fallo emitido en su día por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM), que confirmó la sentencia condenatoria que emitió en junio de 2010 la Audiencia Provincial de Toledo, desestimando el recurso de las defensas de los tres procesados.

De este modo, el Tribunal Supremo rebaja en 10 años la pena impuesta en un principio para los acusados --Adrián D.G-V., Fernando G.C. y Mario R.C.-- de 23 años a 13 años y seis meses como autores responsables de un delito consumado de homicidio con la circunstancia agravante de abuso de superioridad.

El Tribunal Supremo considera que la muerte de José Félix es un homicidio con dolo eventual y no un asesinato con alevosía y ensañamiento como consideró el TSJCM, ya que señala que "el origen remoto del desenlace final lo constituyó una riña mutuamente aceptada", que partió de la intimación dirigida a los acusados por parte del fallecido.

De este modo afirma que a los acusado se les atribuyó unos actos "que no consta hubieran realizado", como ensuciar con un líquido la luna delantera del vehículo de la víctima. Circunstancias para la que el Alto Tribunal aconseja la imposición de la pena de 13 años y seis meses "como más justa y proporcionada".