El TS desestima el recurso del Ayuntamiento de Los Yébenes (Toledo) contra vecinos por la titularidad de varias fincas

Actualizado: viernes, 7 julio 2006 19:59

TOLEDO, 7 Jul. (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Los Yébenes (Toledo) contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo que declaraba que las fincas La Sierpe y Los Torneros y Valle de San Marcos, situadas en ese término municipal, son bienes privativos de propiedad particular y no comunales como pretendía el consistorio castellano-manchego.

El día 5 de julio fue notificada la sentencia a las partes recaída en el Recurso de Casación ante el Tribunal Supremo, interpuesto por el Ayuntamiento de Los Yébenes contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Toledo de 10 de mayo de 1997, que confirmaba la sentencia del Juzgado de Primera Instancia de Orgaz de 17 de septiembre de 1996.

La sentencia del Tribunal Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Los Yébenes, confirmando las dos sentencias anteriores con expresa condena en costas al Ayuntamiento de los Yébenes en las tres instancias.

En las tres sentencias se declara que las fincas objeto del pleito, La Sierpe, Los Torneros, y Valle de San Marcos, en término municipal de Los Yébenes, son bienes privativos, de propiedad particular, y nunca han sido comunales como pretendía, en su demanda, el Ayuntamiento de Los Yébenes. En las tres sentencias se condena en costas al Ayuntamiento de Los Yébenes.

La demanda fue presentada por el Ayuntamiento de Los Yébenes, en febrero del año 1988 contra cientos de vecinos de Los Yébenes, propietarios de las fincas en litigio, muchos de ellos descendientes de los vecinos que, en el siglo XIX adquirieron la propiedad de los terrenos litigados.

Entre los demandados también figuraban sociedades pertenecientes a Juan Abelló, en concreto Quintos de los Torneros S.A. y Quinto de Sierpes S.A., que desde el año 1986 vienen adquiriendo suertes o participaciones indivisas en las fincas objeto de litigio, a diversos propietarios vecinos de Los Yébenes. La defensa de la tesis de los demandados ha estado dirigida por el Catedrático de Derecho Administrativo, Alfredo Gallego Anabitarte.

FINCAS OBJETO DEL PLEITO.

Los orígenes de las fincas objeto del pleito se remontan al siglo XIII. Forman parte de los Montes de Toledo, que habían sido trasmitidos al Rey Fernando III por el arzobispo de Toledo, mediante permuta, en el año 1243. Posteriormente, en el año 1246 fueron vendidos al Consejo de la Ciudad de Toledo.

Durante siglos fueron objeto de un aprovechamiento de pastos, por el común de los vecinos de los pueblos ubicados en los referidos Montes de Toledo, hasta que por la Real Orden de 27 de agosto de 1827 el Rey Fernando VII mandó destruir la mancomunidad de pastos existente, origen de la improductividad de los terrenos, y que a cada pueblo (16 ubicados en los Montes de Toledo) se le señalara un término de tierra y se repartiera entre los vecinos.

Tras diversas vicisitudes en la ejecución de la expresada Real Orden la Ley de Desamortización, se constituyó un censo enfitéutico, que tras la Ley de Desamortización de Madoz, de 1 de mayo de 1855, fue redimido por los vecinos de Los Yébenes mediante escritura de 21 de noviembre de 1856 y en otra escritura posterior, de 13 de agosto de 1876, establecido el padrón de los vecinos que debían ser incluidos en el reparto, se dividieron los terrenos en 12 dehesas, distribuyéndose la propiedad entre los dichos vecinos mediante sorteo.