5,4 millones para ayudas al pago de alquiler durante 4 meses a personas afectadas económicamente

El consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones.
El consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones. - JCYL
Actualizado: sábado, 2 mayo 2020 14:08

   VALLADOLID, 2 May. (EUROPA PRESS) -

   La Junta de Castilla y León ha creado una nueva línea de ayudas para personas o familias arrendatarias de una vivienda en alquiler que se encuentren en una situación de vulnerabilidad económica y social a causa del coronavirus y de la situación de estado de alarma en la que se subvencionarán cuatro meses de renta, con un presupuesto global de 5,4 millones de euros.

   Así lo ha explicado este sábado el consejero de Fomento y Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León, Juan Carlos Suárez-Quiñones, que ha comparecido en rueda de prensa junto a la consejera de Sanidad, Verónica Casado.

   Suárez-Quiñones ha recordado que se trata de una tercera línea de ayudas, que se prevé publicar en el Bocyl el próximo jueves, 7 de mayo, dirigida a la vivienda para apoyar a las personas que se hayan podido ver afectadas por las consecuencias económicas y sociales del coronavirus.

   Los destinatarios de esta nueva línea de ayudas pueden ser personas arrendatarias que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender al pago total o parcial del alquiler, o para hacer frente a la devolución total o parcial de las ayudas transitorias de financiación aportadas por el Gobierno

   La convocatoria establece una ayuda de hasta cuatro mensualidades de renta (entre abril y septiembre de 2020), hasta un máximo de 500 euros por mes, o hasta 2.000 euros en el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación.

   Las ayudas tienen carácter finalista y no podrán aplicarse a otro destino que el pago de la renta del alquiler o la cancelación total o parcial de las ayudas transitorias de financiación reguladas en el mencionado Real Decreto-Ley 11/2020.

   Para poder solicitar estas ayudas las personas arrendatarias deberán reunir dos requisitos al mismo tiempo. El primero es haber sufrido desde el pasado 14 de marzo --fecha de inicio del actual estado de alarma-- una pérdida sustancial de ingresos por desempleo, verse sujetos a un ERTE, reducción de jornada por motivos de cuidados, cese de actividad, u otras circunstancias similares.

   Para determinar esa situación, se incluye una referencia de acuerdo con el Indicador Pública de Renta Mínima (IPREM), situado en 537,84 euros. Así, en términos generales, el conjunto de los ingresos de los que ahora disponga la unidad familiar no deberá superar un valor de tres veces el IPREM.

   Aunque se establecen márgenes más amplios en otros casos, como cuatro veces el indicador en el caos de unidades familiares con algún miembro con discapacidad mayor o igual al 33 por ciento, dependencia o incapacidad permanente; o cinco IPREM para persona con parálisis cerebral, con enfermedad mental, o discapacidad intelectual mayor o igual al 65 por ciento o enfermedad grave que incapacite a la persona o a su cuidador para realizar una actividad laboral.

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