Condenado a tres años el director de seguros que vendió una póliza inexistente

Actualizado: lunes, 9 abril 2018 11:40

VALLADOLID, 9 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valladolid ha condenado a tres años de cárcel al que fuera director y gerente de una céntrica sucursal de una aseguradora en la ciudad, O.F.M, por vender a un cliente una póliza inexistente y quedarse 58.000 euros que éste le entregó en concepto de prima.

La condena, que incluye una multa de 543 euros y el abono, en concepto de responsabilidad civil, de una indemnización por importe de 58.000 euros en beneficio de la entidad aseguradora, que es la que finalmente devolvió dicho importe al estafado, ha evitado la celebración del juicio debido al acuerdo alcanzado entre el procesado y el fiscal, cuya petición inicial se elevaba a seis años de privación de libertad, una multa de 3.600 euros y al pago de la citada indemnización, según informaron a Europa Press fuentes jurídicas.

La estafa agravada, junto con otro delito de falsedad en documento mercantil, fueron cometidos por O.F.M. a finales de 2009 cuando en su condición de director de una oficina de seguros contactó con una persona a la que ofreció contratar la póliza que él llamaba 'inverestrella 5 súper fondo garantizado', producto que, sin embargo, no existía, y todo ello con la única intención de lograr del cliente la correspondiente prima y poder disponer de ella en su propio beneficio.

Así, logró ganarse la confianza de la víctima para que ésta hiciera dos trasferencias para el pago de la supuesta prima en la cuenta particular del acusado, la primera por 10.000 euros el 22 de diciembre de 2009 y la segunda el 11 de marzo de 2010 por 48.00 euros.

El problema es que al vencimiento de la póliza, que se produjo el 31 de diciembre de 2015, el cliente intentó retirar el dinero invertido más los intereses pactados a principios de 2016. Se comprobó entonces en la compañía que la póliza en cuestión era inexistente como producto y que los 58.000 euros abonados por el cliente nunca habían llegado a ingresar en la cuenta de la mercantil, sino en la del acusado.

No obstante, la aseguradora llegó a un acuerdo con la víctima y le reembolsó la totalidad del dinero invertido, de ahí que ahora el condenado esté obligado a devolver el importe a la entidad.