Familia regula ayudas de 10.000 euros por cada contrato indefinido a tiempo completo a víctimas de violencia de género

Publicado: miércoles, 5 agosto 2020 10:18

VALLADOLID, 5 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León dependiente de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades ha convocado las subvenciones destinadas a fomentar la inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género de la comunidad autónoma.

En concreto y según consta en el extracto de la Orden publicada este miércoles, 5 de agosto, en el Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl), el importe de las ayudas será de 10.000 euros por cada contrato indefinido a tiempo completo.

Para los contratos temporales a tiempo completo de mínimo seis meses de duración el importe será de 4.000 euros mientras que para los contratos de duración mínima de tres meses y que no lleguen a los seis meses de duración a tiempo completo el importe será de 2.000 euros.

En los supuestos de contratación a tiempo parcial, la cuantía de la subvención será proporcional, de acuerdo con la modalidad temporal o indefinida, a la duración efectiva de la jornada de trabajo y si el contrato fuese fijo discontinuo la cuantía de la subvención, que corresponde por su modalidad indefinida, será proporcional a la duración anual del contrato.

La convocatoria de subvenciones en régimen de concesión directa y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo va destinada a fomentar la
inserción laboral de mujeres víctimas de violencia de género a través de la financiación de su contratación para contribuir a que alcancen una mayor autonomía a través de su independencia económica "favoreciendo su plena integración social".

Podrán obtener la condición de beneficiarias de las subvenciones las empresas privadas y las entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen la actuación subvencionable y que desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León. Según consta en este extracto, se entenderán asimiladas a las empresas las personas físicas que actúen como empleadoras.

Sin embargo, quedan excluidos del concepto de empresa o entidad las universidades públicas, las corporaciones de derecho público, las entidades locales y otras entidades públicas dependientes o vinculadas a ellas, los entes públicos de derecho privado y las sociedades cooperativas. También quedan excluidos los contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje y las comunidades de bienes. Tampoco podrán recibir la subvención las mujeres víctimas de violencia de género en su condición de socias de una cooperativa.

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