La Audiencia absuelve a un policía nacional de un delito de lesiones al no acudir la víctima al juicio

Actualizado: lunes, 5 mayo 2014 12:31

VALENCIA, 5 May. (EUROPA PRESS) -

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha absuelto a un hombre, agente de la Policía Nacional, del delito de lesiones del que estaba acusado, al no acudir la víctima al juicio y no poder escuchar su versión de los hechos. Según consta en la sentencia, el denunciante se halla en ignorado paradero y no ha podido ser localizado pese a las diversas gestiones realizadas.

El juicio se celebró el pasado 2 de abril, y en sus conclusiones finales, el fiscal solicitó dos años y nueve meses de prisión para el acusado por un delito de lesiones con la circunstancia agravante de abuso de superioridad. También le reclamaba inhabilitación para el ejercicio del cargo por tiempo de tres años, y que indemnizase a la víctima con 920 euros por las lesiones y secuelas. Por su parte, el abogado del acusado solicitó su absolución al entender que no se había cometido delito alguno.

Los hechos se remontan al 1 de abril de 2010, cuando sobre las 21.45 horas, el denunciante, originario de Rumanía, que se hallaba en las inmediaciones de la calle Baeza de Valencia, presenció la detención de un individuo por parte de unos agentes de Policía Nacional y la fotografió al estimar que éstos se habían extralimitado.

Así mismo, el denunciante les dijo que eso iba a salir en televisión y añadió expresiones como 'mierda de policías'. Ante esta situación, los agentes le exigieron que se identificara, a lo que éste se negó, por lo que lo arrestaron y lo trasladaron a la Comisaría de Tránsitos, donde fue introducido en un despacho esposado con las manos a la espalda.

El hombre estaba siendo custodiado por dos agentes de Policía, y en un momento determinado, según consta como probado en la sentencia, se lanzó contra el cristal que estaba junto al lugar donde estaba sentado, sin que conste que fuese empujado ni arrojado por cualquiera de los agentes. Como consecuencia, se causó un hematoma en el párpado superior del ojo derecho y heridas superficiales en dorso nasal.

Pese a esta narración, el fiscal mantiene que el denunciante se ocasionó las lesiones al golpearse con el cristal después de haber sido "fuertemente empujado" por el policía acusado, tal y como narró la víctima en la fase sumarial. El tribunal valenciano, tras estudiar los hechos, ha desestimado este extremo al considerar insuficiente la actividad probatoria llevada a cabo durante el juicio para destruir la presunción de inocencia del acusado.

Al respecto, entiende que aún cuando consta la realidad de las lesiones sufridas por la persona detenida, que al tiempo de producirse se hallaba en dependencias policiales, y aún admitiendo que, según el informe médico-forense, se suelen producir lesiones como las mencionadas como consecuencia de una acción agresiva, más que como efecto de un acto de autolesión, "lo bien cierto es que no ha sido posible contar con la declaración de la persona lesionada, que se halla en ignorado paradero, por lo que no es posible alcanzar una completa seguridad sobre el modo cómo dicha se persona se produjo las lesiones".

En esta línea, añade: "como sea que el lesionado no ha comparecido al acto del juicio y no ha podido mantener su declaración, sin que se haya practicado ninguna otra prueba capaz de apoyarle convincentemente hasta el punto de destruir la presunción de inocencia del acusado, no queda más remedio que estimar que concurren dudas razonables sobre lo realmente sucedido y admitir como posible que la tesis del acusado pudiese haber tenido lugar".

En concreto, el acusado mantuvo durante el juicio que las lesiones de la víctima se las causó así mismo, al lanzarse rápidamente contra el cristal por su propia voluntad, sin que los agentes que lo custodiaban tuvieran la posibilidad de reaccionar eficazmente para impedir la autoagresión.

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