La Audiencia ordena seguir la investigación por la querella del PP a Trenzano por falsedad en las ayudas al valenciano

Rubén Trenzano
I.CABALLER/CORTS VALENCIANES - Archivo
Publicado: lunes, 3 junio 2019 11:26

VALNCIA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Valencia ha ordenado continuar la investigación abierta a raíz de la querella que interpuso el PP contra el director general de Política Lingüística, Rubén Trenzano, por falsedad documental por supuestamente "mentir" cuando aseguró que se habían fiscalizado las ayudas al fomento del valenciano concedidas a dos empresas "vinculadas a la familia del presidente de la Generalitat, Ximo Puig".

Los 'populares' presentaron una querella, firmada por la secretaria general del PPCV, Eva Ortiz, contra Trenzano al considerar que este había "mentido" al decir que se habían fiscalizado subvenciones otorgadas a Mas Mut Produccions y Comunicació dels Ports que, según el PP, "han recibido más de 400.000 euros en subvenciones desde el 2015 para ayudas al fomento del valenciano sin ningún tipo de control".

En concreto, el PP llevó a los tribunales el acuerdo de 6 de abril de 2018, dictado por Rubén Trenzano, por el que desestimó una solicitud formulada el 27 de febrero por Eva Ortiz, en su calidad de su portavoz del Grupo Popular en Les Corts, en la cual "intimaba la cesación de la inactividad material y en la ejecución de sus propios actos de la Administración de la Generalitat en la fiscalización de las subvenciones otorgadas en los ejercicios 2015 y 2016" para el fomento del valenciano a las dos empresas mencionadas.

En un primer momento, el Juzgado de Instrucción número 9 de Valncia decidió sobreseer el procedimiento al entender que las manifestaciones de Trenzano debían encuadrarse "en el ámbito de las declaraciones con carácter político, administrativo y más propio de la disputa política", cuyo foro de tratamiento es la jurisdicción contencioso-administrativa.

Sin embargo, ahora la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, tras estudiar el recurso de apelación presentado por el PP, decide revocar el archivo y ordenar la continuación de la causa en u auto fechado el 23 de mayo y al que ha tenido acceso Europa Press.

Argumenta para ello que de esas explicaciones "no puede deducirse directamente la atipicidad de la conducta denunciada (...) y más aún teniendo en cuenta la aceptación previa del juez, según sus propias palabras, de que los hechos denunciados 'suponen las contradicciones en las manifestaciones del querellado, en cuanto a si faltó a la verdad o no consciente y voluntariamente, cometiendo una falsedad para encubrir ciertas conductas, provocando una inseguridad jurídica con alcance penal".

"CONTRADICTORIAS CON LA REALIDAD"

"Es decir --prosigue--, está reconociendo el juez en su auto que las manifestaciones vertidas en el escrito de la denuncia son contradictorias (con la realidad), que falta saber si esa inobservancia de la verdad fue consciente y voluntaria, que falta saber si este proceder falsario perseguía encubrir ciertas conductas y que en todo caso lo sucedido posee naturaleza penal porque vulnera la seguridad del tráfico jurídico, bien jurídico protegido del delito de falsedad".

En la misma línea, la Audiencia cree "indebido en el incipiente momento procesal el sobreseimiento decretado" y añade: "El estado de cosas actual muestra la denuncia de unos hechos subsumibles en el delito de falsedad cometida en documento oficial, porque, a tenor del texto de la querella, el querellado es funcionario público, emite un escrito en el ejercicio de sus funciones, hace constar en él a sabiendas unos hechos objetivamente contrarios a la realidad, y con este proceder institucional quebranta la confianza en el funcionamiento normal de la institución que representa".

En consecuencia, concluye, debe "atenderse la petición del apelante para que siga la investigación y se perfile la existencia o no de los elementos delictivos que el mismo juez apunta en los fundamentos de su resolución".

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