El DOCV publica el decreto ley que suprime trámites urbanísticos como el concierto previo o la cédula territorial

Actualizado: lunes, 31 mayo 2010 12:54

VALENCIA, 31 May. (EUROPA PRESS) -

El Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) publica hoy el decreto ley de medidas urgentes para agilizar el desarrollo de actividades productivas y generar empleo, aprobado el pasado viernes en el pleno del Consell a propuesta de la conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda.

La norma, que adelanta algunas de las medidas que contemplará la futura reforma de la ley urbanística valenciana, suprime trámites urbanísticos como el concierto previo o la cédula territorial de urbanización, así como la obligación de publicar los planes urbanísticos en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) y permite a los ayuntamientos reducir hasta un 50 por ciento el canon por actividades en suelo no urbanizable.

Los objetivos del decreto son reducir y simplificar la tramitación urbanística, facilitar el desarrollo de las actividades productivas y potenciar la inversión pública. La norma, cuya aprobación responde a la urgencia de adoptar medidas positivas ante la crisis económica, otorga más posibilidades de actuación a los ayuntamientos y simplifica y agiliza la tramitación de los planes urbanísticos.

Para ello, se modifica "puntualmente" la normativa urbanística, concretamente la Ley Urbanística Valenciana, la ley de Suelo No Urbanizable, la ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje y el reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.

Así, se adelantan algunas modificaciones concretas que contemplará la nueva ley urbanística valenciana para reducir la burocracia y agilizar iniciativas en la creación de empleo. El decreto suprime el concierto previo para la tramitación de planes generales de ordenación urbana, dado que de este modo se facilitará la aplicación de la nueva evaluación ambiental estratégica, se eliminarán dudas jurídicas y se reducirá considerablemente el tiempo necesario para aprobar un plan, según explicó el Consel.

También se elimina la Cédula Territorial de Urbanización, necesaria hasta el momento para tramitar planes de desarrollo que modifiquen la ordenación estructural del Plan General, así como la exigencia de que los suelos dotacionales de red primaria adscritos a un sector, es decir, parques, espacios libres, infraestructuras de transportes y comunicaciones, sean colindantes o adyacentes al sector.

Desaparece la obligación de publicar los planes urbanísticos en el Diario Oficial de la Comunitat Valenciana, y sólo será necesario con la publicación en el Boletín de la Provincia. Se limita el contenido de la publicación al acuerdo de aprobación y a la normativa, sin que se tengan que publicar los planos de ordenación.

El decreto ley también elimina la exigencia de nueva Declaración de Interés Comunitario para reformas sin ampliación exterior de edificios previamente autorizados en suelo no urbanizable. Asimismo, se suprimen determinadas restricciones para el desarrollo de actuaciones de renovación o reforma interior en suelo urbano, lo que facilitará la rehabilitación de centros históricos, o regeneración de barrios donde hay industrias, según el Consell.

PROCEDIMIENTO DE URGENCIA

Asimismo, esta norma establece un nuevo procedimiento de urgencia para tramitar la implantación de actividades productivas en suelo no urbanizable --como casas rurales, tiendas de productos agrícolas o campings--, de forma que el periodo máximo para obtener la Declaración de Interés Comunitario (DIC) pasa de seis a tres meses.

A través de este decreto ley también se adapta el canon por actividades en suelo no urbanizable a las dificultades financieras de la empresa, de forma que se da a los ayuntamientos la capacidad de determinar la cuantía del canon y les permite otorgar prórrogas, fraccionamientos o reducciones, especialmente para actividades que crean empleo. Además, el Ayuntamiento puede proponer una reducción de hasta el 50 por ciento del canon cuando se trate de actividades productivas que puedan crear empleo.

Por otro lado, se permite que los ayuntamientos puedan disponer del canon por actividades en suelo no urbanizable sin necesidad de tramitar programas de sostenibilidad para poder utilizar esos recursos.

EVITAR LA DESCLASIFICACIÓN

Asimismo, mientras dure la situación de crisis, los ayuntamientos que se vean obligados a resolver PAI porque el agente urbanizador no pueda cumplir los plazos de ejecución, podrán evitar que el suelo afectado pierda automáticamente la condición de urbanizable, salvo que así lo decida expresamente el Consistorio.

Esta medida, que tendrá validez hasta que concluya 2012, fecha que podrá ser prorrogada, permitirá que los ayuntamientos puedan decidir entre mantener la clasificación del suelo como urbanizable, de modo que una vez mejore la actual situación de crisis puedan volver a poner en marcha sus proyectos urbanísticos, o desclasificar el suelo y devolverlo a su situación de origen.

Los ayuntamientos también podrán disponer de manera inmediata de los ingresos del canon por declaraciones de interés comunitario para impulsar la construcción de viviendas de protección pública. Se potencian también las posibilidades de actuación de las empresas públicas, como Vaersa, la Entidad de Saneamiento o el Instituto Cartográfico Valenciano, indicó Sánchez de León.