Educación destaca que paga julio y agosto a los interinos desde hace tres cursos y va "más allá" de la sentencia del TS

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Actualizado: jueves, 14 junio 2018 15:41

VALÈNCIA, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana ha recordado que desde el curso 2015-2016 paga, a iniciativa propia, los meses de julio y agosto al personal docente interino. Agregan que la determinación que tomó la administración autonómica "mejoró las condiciones laborales" de estos profesores "desde hace tres cursos" y que va "más allá" de lo dictado por el Tribunal Supremo.

Este miércoles se conoció que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal ha declarado nulo de pleno derecho el cese el 30 de junio de los profesores interinos de centros no universitarios que son contratados en septiembre para ejercer durante todo el curso escolar, sin pagarles los meses de julio y agosto.

En relación a esta resolución judicial, desde el departamento que dirige el conseller Vicent Marzà han aseverado que "la administración educativa valenciana aplica desde el curso 2015-2016, de motu proprio y antes de esta sentencia, la medida de pagar al personal docente interino valenciano los meses de julio y agosto".

La sentencia del Supremo hace referencia a un acuerdo que se tomó por parte del Gobierno de Murcia de no pagar este meses al personal interino, "tal como hacía también el antiguo gobierno valenciano del PP", apuntan.

Por su parte, inciden, el gobierno valenciano del Botánico "tomó la determinación de efectuar el pago de las nóminas de julio y agosto al personal docente interino que ocupa vacantes para todo el curso escolar". Son los interinos a los que se les asignan vacantes en julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, precisan.

Por lo tanto, "la determinación que se tomó por parte del departamento dirigido por el conseller Marzà mejoró las condiciones laborales del personal interino valenciano hace tres cursos y va más allá de la sentencia del Tribunal Supremo".

"Lo que marca el auto del TS --prosiguen-- es que se paguen las nóminas del personal interino al que se le asignan vacantes solo en septiembre para todo el curso, mientras que en el sistema educativo valenciano se pagan los meses de julio y agosto a todo el personal interino que trabaja durante todo el curso y que se incorpora no solo a septiembre, sino también en octubre, noviembre y diciembre".