La inscripción en las pruebas de certificación de idiomas en EOI se hará del 16 al 27 de febrero y del 2 al 13 de marzo

Actualizado: viernes, 9 enero 2009 15:11

VALENCIA, 9 Ene. (EUROPA PRESS) -

El alumnado matriculado en las Escuelas Oficiales de Idiomas (EOI) durante el curso académico 2008-2009 podrá inscribirse en las pruebas de certificación de los niveles básico, intermedio y avanzado de las enseñanzas de idiomas de régimen especial del 2 de al 13 de marzo, ambos inclusive, mientras que los estudiantes que no estén matriculados y quieran realizar estos exámenes deberán inscribirse del 16 al 27 de febrero, también ambos inclusive, informaron hoy fuentes de la Conselleria de Educación.

De acuerdo con el calendario fijado, los exámenes para evaluar las competencias escritas correspondientes a estas pruebas de certificación tendrán lugar entre el 1 y el 19 de junio. Además, cada comisión evaluadora determinará el calendario de la prueba de expresión oral, que en el nivel básico se realizará del 27 de mayo al 5 de junio, en tanto que en el nivel intermedio se efectuará del 8 al 16 de junio y en el nivel avanzado tendrá lugar del 17 al 26 de junio. Los estudiantes matriculados en los módulo 5 y 9 de 'Thats English!' podrán realizar las pruebas de certificación del nivel básico e intermedio, respectivamente, si han superado previamente los correspondientes módulos. Para ello, la evaluación de la segunda convocatoria se realizará con anterioridad al 22 de mayo y la de la tercera convocatoria se efectuará con anterioridad al inicio de las pruebas de certificación.

Esta evaluación, en caso de ser positiva, dará derecho a acceder a la prueba de certificación. Además, cada EOI abrirá un calendario extraordinario de inscripción para garantizar que los alumnos de 'That's English!' puedan inscribirse en los exámenes.

REQUISITOS

Para presentarse a una prueba de certificación es requisito imprescindible tener 16 años cumplidos en el año natural en el que se celebra la misma, en este caso, en el año 2009. Asimismo, la matriculación en la prueba de certificación se realiza en las propias EOI y no exige haber cursado enseñanzas previas en las mismas.

Las pruebas de certificación que deberán realizar los alumnos de los segundos cursos de cada nivel deberán tomar como referencia los objetivos, competencias y criterios establecidos en los currículos de las lenguas respectivas, tal y como figura en la orden que regula las enseñanzas de idiomas de régimen especial.

Las enseñanzas de idiomas de régimen especial se organizan en tres niveles --básico, intermedio y avanzado--, cada uno de ellos de dos años de duración. Al acabar los dos cursos de cada nivel, los alumnos tienen que realizar una prueba de certificación, común para cada uno de los idiomas que se impartan en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat y para las modalidades de enseñanza.

El alumnado que curse enseñanzas del primer curso de los niveles básico, intermedio o avanzado podrá presentarse a la prueba de certificación de ese idioma previa renuncia a su matrícula oficial en el momento de formalizar la matrícula para la prueba de certificación. Ese mismo criterio se aplicará al alumnado que esté matriculado en el último curso de los niveles en los que resulta necesaria la superación de la prueba de certificación y quiera presentarse a los exámenes en un nivel distinto al que se encuentra matriculado.

Por otro lado, los ciudadanos de nacionalidad no española podrán matricularse en la prueba de certificación en cualquier idioma distinto del oficial de su país de origen y que no haya cursado durante la enseñanza obligatoria.

Asimismo, los ciudadanos de nacionalidades extranjeras cuyo idioma oficial no sea el español podrán matricularse para realizar la prueba de certificación correspondiente a 'Español para extranjeros'.