El PSPV de La Vila dice que la Guardia Civil ha denunciado construcciones en suelo no urbanizable y protegido

Actualizado: jueves, 5 octubre 2006 21:17

ALICANTE, 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

El portavoz municipal socialista en el Ayuntamiento de La Vila Joiosa (Alicante), Gaspar Lloret, afirmó hoy que ante "la pasividad" del alcalde, José Miguel Llorca, la Subdirección General de la Guardia Civil "ha remitido oficio de denuncia por construcciones en suelo no urbanizable y de protección paisajística en la Partida del Carabassot, carentes de licencia de obra", según informaron hoy en un comunicado fuentes del grupo socialista.

Gaspar Lloret aseguró que Llorca es "especialista en no querer ver las infracciones urbanísticas que se están dando en nuestra ciudad, a las infracciones conocidas por todos casos Atrium Beach, chalés en acantilado de la playa Bol Nou, locales comerciales efectuados sin licencia, planes parciales de mejora suspendidos por el Tribunal Superior de Justicia", a los que "se suman ahora casos fragantes de incumplimiento de la legislación del suelo no urbanizable".

En este sentido, indicó que "ante la pasividad de nuestro alcalde la Subdirección General de la Guardia Civil ha remitido oficio de denuncia por construcciones en suelo no urbanizable y de protección paisajística en la Partida del Carabassot, carentes de licencia de obra y también remite el oficio de denuncia ante los Servicios Técnicos de la Conselleria de Territorio y Vivienda en Alicante, Espacios Naturales".

Para Gaspar Lloret "el alcalde de La Vila está permitiendo que este pueblo se convierta en una ciudad sin ley respecto a un urbanismo depredador y repetidamente está demostrándose el incumplimiento de la legislación vigente".

Así, según aseguró, en La Vila Joiosa "se están permitiendo la construcciones en suelo no urbanizable y de protección específicas sin que se actué desde la Alcaldía ni desde la Conselleria de Territorio y Vivienda incumpliendo el vigente PGOU que su artículo 73".

En este sentido, resaltó que el planeamiento urbanístico deja claro que en "suelo no urbanizable sujeto a una especial protección no se podrán ubicar instalaciones ni construcciones u obras salvo aquellas que prevén expresas y excepcionalmente este plan general por ser necesarias para su mayor conservación y para el disfrute público compatible con los específicos valores justificativos de su especial protección".

Desde su punto de vista, "es obvio que para el alcalde la ley 10/2004 del suelo no urbanizable como la Ley de Ordenación del Territorio y Protección del Paisaje como el propio PGOU de La Vila Joiosa no existen en el manual de uso de un buen alcalde".