El Síndic recomienda a Educación que agilice los trámites para construir un nuevo colegio en la avenida Baleares

Actualizado: domingo, 6 junio 2010 13:40

VALENCIA, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Síndic de Greuges, José Cholbi, recomienda a la Conselleria de Educación que promueva ante el Ayuntamiento de Valencia la documentación necesaria para que se regularice la situación jurídico patrimonial de la parcela dotacional educativa situada en el número 40 de la avenida Baleares de Valencia, ocupada antiguamente por la empresa química Cross, y en la que está previsto implantar el nuevo colegio público número 103, y que adopte "todas las medidas que sean necesaria para, en definitiva, agilizar los trámites para el inicio de la construcción del centro".

La recomendación del Síndic, consultada por Europa Press, responde a una queja formulada por una de las integrantes de la Asociación de Madres y Padres de Alumnos (AMPA) del colegio público 103 de Valencia, donde actualmente los niños de 3 y 5 años "están ubicados en barracones provisionales". Los padres presentaron ante la Conselleria de Educación unos planos y unos datos de adjudicación del nuevo centro y hasta ahora "no se han llevado a cabo las obras, y el conseller tampoco quiere recibir a los miembros de la AMPA para darnos explicaciones", señala la queja.

El Síndic requirió a la Conselleria información sobre este asunto, que le remitió, a su vez, un dictamen en el que se señala que la Dirección General de Régimen Económico declaró en agosto de 2008 la urgencia de la actuación con la finalidad de atender la demanda de plazas escolares en el distrito y en septiembre aprobó el programa de necesidades del centro, que contemplaba la nueva construcción de un Colegio de Educación Infantil y Primaria (CEIP) con nueve unidades de infantil y 18 de primaria.

Durante el curso 2008-2009 se instalaron aulas prefabricadas en las dependencias del CEIP Tomàs de Montañana. Asimismo, mientras se construye el CEIP 103 existen siete aulas prefabricadas en una parcela que el Ayuntamiento de Valencia puso a disposición de la Conselleria, según especifica el departamento que dirige Alejandro Font de Mora.

El dictamen, emitido por la Dirección General de Régimen Económico, también señala que se ha informado favorablemente la viabilidad técnica de la parcela en la que se implantará el nuevo centro escolar, si bien está condicionada a que los terrenos estén totalmente descontaminados, ya que anteriormente estaban ocupados por la empresa Cross, dedicada a la producción de fertilizantes agrícolas. Por otro lado, el proyecto de ejecución se encuentra aprobado.

Asimismo, indica que se ha requerido al Ayuntamiento de Valencia la documentación necesaria para la regularización jurídico patrimonial de la parcela y añade que, completado este trámite, se estará en condiciones de licitar la obra. El informe asegura que la Conselleria tiene intención de agilizar los trámites para que el inicio de la construcción del centro se produzca cuanto antes.

NIVEL DE CALIDAD

Por su parte, el Síndic señala que la educación que se ofrece a los alumnos matriculados en el colegio 103 de Valencia, "de acuerdo con la normativa vigente, no es susceptible de alcanzar el nivel de calidad previsto al no haberse puesto a disposición del correcto desarrollo de la función docente aquellas infraestructuras que la propia legislación considera mínimas para asegurar una educación de calidad", que constituye un derecho del que son titulares "todos los menores de nuestra Comunitat", remarca Cholbi.

El Alto Comisionado de las Corts aduce que una educación de calidad impone a la Administración educativa la obligación de que los centros docentes estén dotados del personal y de los recursos educativos y materiales necesarios, y que los edificios escolares reúnan los requisitos mínimos previstos en la legislación vigente.

"De ahí deriva la obligación pública de adecuarlos a las previsiones legales que garanticen la satisfacción del derecho de todos a una educación de calidad en términos de igualdad efectiva, una adecuación que obviamente no se ha producido en el colegio público 103 de Valencia", apostilla el Síndic.

Cholbi asegura entender que se produzcan "etapas de provisionalidad" en la adaptación de los espacios escolares a la LOGSE pero estas etapas "no pueden alargarse indefinidamente, ya que perjudica la calidad de la enseñanza del alumnado que debe soportarlas, lo coloca en una situación de desigualdad respecto al resto de alumnos" y se corre el riesgo de que, "si los trámites no son ágiles", pasen incluso toda la etapa educativa obligatoria en situación de provisionalidad.

Por ello, el Síndic advierte de que la conversión de lo que debería ser una situación "excepcional y transitoria" en un "estado de cosas que se prolonga durante años es una circunstancia que no puede recibir por parte de esta institución la consideración de una actuación pública regular".