Aprobado el protocolo para dar seguridad jurídica al tratamiento fiscal y laboral en centros culturales en China

Publicado: martes, 7 julio 2020 20:04

MADRID, 7 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un acuerdo para remitir a las Cortes Generales el Protocolo Anejo al Acuerdo entre el Gobierno de España y el de la República Popular China sobre el establecimiento de centros culturales y se autoriza la manifestación del consentimiento de España para obligarse por dicho protocolo.

El acuerdo entre España y China sobre el establecimiento de centros culturales, firmado en 2005, dio amparo jurídico a la presencia del Instituto Cervantes en el país asiático. No obstante, en aquel momento quedaron fuera del acuerdo ciertos aspectos fiscales y de estatuto de personal de los Centros Culturales.

Por tal motivo, prácticamente desde el mismo momento de la firma del Acuerdo, comenzaron las negociaciones respecto a las cuestiones fiscales y de personal de los centros, unas negociaciones que culminaron en un Protocolo Anejo al Acuerdo.

El protocolo dotará de un marco jurídico concreto a los asuntos relacionados con el tratamiento fiscal y con el estatuto del personal de los Centros, permitiendo superar los problemas que hasta la fecha ha ocasionado en estas cuestiones la ausencia de regulación.

El Consejo de Ministros del 23 de noviembre de 2018 autorizó la firma y aplicación provisional del protocolo, siendo suscrito en Madrid el 28 de noviembre de 2018 por el ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, Josep Borrell, en representación de España, y por el consejero de Estado y ministro de Exteriores, Wang Yi, en representación de China.

El Consejo de Estado, en dictamen de 31 de enero de 2019, dispuso que la prestación del consentimiento del Estado para obligarse por medio de este Protocolo requiere la previa autorización de las Cortes Generales, de acuerdo con lo previsto en el artículo 94.1 e) de la Constitución Española.

EXENCIÓN DE IMPUESTOS

En cuanto a los aspectos fiscales, el protocolo determina que las partes acuerdan la exención de impuestos aduaneros para la importación de determinados artículos de uso común de los centros culturales, la posibilidad de importación provisional de artículos para su uso en exposiciones, representaciones y conciertos, y la posibilidad de que los Centros puedan percibir cantidades por actividades y objetos, con la correspondiente exención de impuestos.

Respecto al personal de los centros culturales se les permitirá también una exención de bienes y enseres personales, y las partes se comprometen a facilitar los trámites de autorización de entrada y residencia de dicho personal.

El Artículo III establece que el Protocolo formará parte integrante del Acuerdo, así como la aplicación provisional del mismo desde la fecha de su firma.

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