Bruselas amenaza a España con una multa por no recortar los poderes ilegales de la CNE

Actualizado: domingo, 1 noviembre 2009 15:49

La ampliación de competencias permitió al regulador energético imponer condiciones a los proyectos de adquisición de E.ON y de Enel y Acciona sobre Endesa


BRUSELAS, 1 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea amenazó hoy a España con una multa por no recortar los poderes de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) que han sido declarados ilegales por el Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TUE). Estas competencias, aprobadas por decreto en febrero de 2006, permitieron al regulador energético español imponer condiciones a los proyectos de adquisición de E.ON y de Enel y Acciona sobre Endesa.

El TUE dictaminó en julio de 2008 que la legislación que amplía los poderes de la Comisión Nacional de Energía (CNE), en la medida en que establece un sistema de autorización previa para las fusiones energéticas, "vulnera la libre circulación de capitales y la libertad de establecimiento y no está justificada por el objetivo de garantizar la seguridad del suministro energético".

Tras esta sentencia, las autoridades españolas se reunieron con los servicios de la Comisión en varias ocasiones para discutir los proyectos de propuesta de modificación de la norma en cuestión (Real Decreto-Ley 4/2006). Sin embargo, el Ejecutivo comunitario considera que los proyectos presentados "no eran suficientes para cumplir la sentencia del Tribunal".

Por este motivo, Bruselas decidió este jueves enviar a España una carta de emplazamiento, primera fase de un procedimiento de infracción, pidiendo más información sobre las medidas que piensa tomar para cumplir la sentencia. Al tratarse de un expediente por incumplimiento de un dictamen del TUE, si el Gobierno no actúa la Comisión podría pedir la imposición de una multa.

En virtud del Real Decreto-Ley 4/2006, de 24 de febrero, la CNE tiene que autorizar la adquisición de participaciones en un porcentaje superior al 10 % del capital social --o cualquier otro que conceda influencia significativa-- en empresas activas en el sector energético.

Amparándose en esta norma, el regulador impuso una serie de condiciones a la compra de Endesa por parte de la eléctrica alemana E.ON que fueron declaradas ilegales por la Comisión Europea. El TUE ya ha condenado a España por no haber retirado estas condiciones, incluso aunque E.ON renunció a su oferta pública de adquisición.

El Ejecutivo comunitario también declaró ilegales los requisitos impuestos por el órgano presidido por Maite Costa a la adquisición de Endesa por parte de Enel y Acciona.

En su sentencia sobre la ampliación de poderes de la CNE, el Tribunal de Luxemburgo reconoció que motivos de seguridad pública (por ejemplo, seguridad del suministro) pueden justificar la existencia de obstáculos a las libertades fundamentales.

Sin embargo, consideró que la autorización previa era una medida inadecuada y desproporcionada para lograr el objetivo de seguridad del suministro energético, ya que la mera adquisición de acciones o activos no puede, en principio, considerarse como una amenaza seria para la seguridad de suministro, y la autorización previa no podría asegurar en todos los casos la seguridad del suministro si surgiera una amenaza seria y real después de haberse concedido la autorización.

El Tribunal también estimó que la ampliación de funciones de la CNE concedía a este órgano "facultades discrecionales excesivas".

(EUROPA PRESS)