Economía.- Unesa dice no entender por qué la CNC le expedienta por ejercer el "derecho legítimo" a recurrir una norma

Actualizado: martes, 19 febrero 2008 20:00

MADRID, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Española de la Industria Eléctrica (Unesa) considera que su decisión de recurrir ante la Audiencia Nacional la norma que facilita el acceso de las comercializadoras a la información de las distribuidoras es un "derecho legítimo" y no un motivo para que la Comisión Nacional de Competencia (CNC) abra un expediente sancionador a la patronal eléctrica.

"No terminamos de entender la relación de causa y efecto entre que nosotros ejerzamos nuestro legítimo derecho a acudir a una vía jurisdiccional cuando una norma no se ajusta a Derecho y que se nos abra un expediente", indicaron fuentes de Unesa a Europa Press.

El pasado 13 de febrero la patronal presentó un recurso ante la Audiencia Nacional en el que solicitaba la suspensión cautelar de la norma que concedía a los comercializadores acceso a las bases de datos de los puntos de suministro, recogida en la Disposición Adicional Terecera de la orden de tarifa 3860/2007 del 28 de diciembre.

El tribunal concedió la suspensión cautelar de esta norma, al entender que en el momento en el que salga la sentencia final la orden ya habrá entrado en vigor --lo hace a los dos meses después de su publicación, el 1 de enero-- y su anulación habría sido ineficaz. Junto a esto, la Audiencia Nacional entiende que la suspensión no acarrea "perjuicios irreparables", por lo que no fija caución o garantías a los afectados por la suspensión.

En el mismo auto, el tribunal rechaza otro recurso de la patronal eléctrica, en el que se pedía la suspensión cautelar del acceso a las bases de puntos de suministro por parte de la Oficina de Cambio de Suministrador. En su fallo, la sala de los contencioso-administrativo entiende que la legislación anterior ya recogía este acceso, de modo que no procede la suspensión cautelar del mismo.

En el análisis del recurso de Unesa, la Abogacía del Estado y la empresa Centrica expusieron sus argumentos en su condición de codemandadas.

Los abogados de Unesa argumentaron que la aplicación de la Disposición Adicional Tercera provocaría daños u perjuicios de reparación imposible. Además, expusieron que debe valorarse el interés de los distribuidores frente al de los comercializadores, y que con la norma se vulnera la legalidad en lo relativo a la protección de datos.

EXPEDIENTE DE LA CNC.

La CNC ha abierto de oficio un expediente sancionador a Unesa al entender que ha tratado de restringir la competencia al recurrir la norma sobre el acceso de las comercializadoras a la información a la que tienen acceso las empresas distribuidoras.

En concreto, la CNC ha inocado expediente a la patronal eléctrica por infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y del artículo 81 del Tratado de la Comunidad Europea, "sin que ello prejuzgue su resolución final".

La CNC explica que el pasado 5 de febrero tuvo conocimiento de la presentación por parte de Unesa del recurso ante la Audiencia Nacional en el que se solicitaba la suspensión cautelar y la anulación de la disposición adicional tercera del decreto de tarifas, de 28 de diciembre.

Con objeto de conocer la posible realidad de los hechos para determinar si puduera haber indicios de infracción de la LDC, la Dirección de Investigación acordó llevar a cabo una información reservada como diligencia previa a la incoación del correspondiente expediente, si procediese en su caso.

Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por el organismo que preside Luis Berenguer.