El Gobierno carga a los superávits del sistema eléctrico la devolución a las eléctricas del bono social

Actualizado: martes, 3 octubre 2017 12:29

MADRID, 3 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital ha ordenado devolver a las comercializadoras eléctricas las cantidades abonadas por el bono social en los ejercicios 2015 y 2016, más los intereses correspondientes, con cargo a los superávits del sistema eléctrico.

Según consta en una orden publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Gobierno ejecuta así las sentencias y autos que habían dado la razón a la eléctricas respecto al sistema de financiación el bono social.

La orden señala que los pagos se realizarán "con cargo a los superávits de ingresos del sistema eléctrico que están depositados en la cuenta específica del órgano encargado de las liquidaciones", la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Desde 2014, el sistema eléctrico se encuentra en superávit, acumulando más de 1.000 millones de euros, a los que habrá que sumar la cantidad correspondiente a 2016. No obstante, la deuda del sistema eléctrico pendiente de pago asciende a más de 20.000 millones de euros.

Las indemnizaciones en compensación a Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP España y Viesgo por haber sufragado el bono social en los últimos años en función de su cuota de mercado asciende a unos 500 millones de euros.

En un reciente auto, el Tribunal Supremo ya había estimado que estas indemnizaciones a las eléctricas por las cantidades abonadas por el bono social debían realizarse con cargo al sistema eléctrico, y no al Tesoro Público o a las comercializadoras.

En un auto de la Sala de lo Contencioso sección 3 del Supremo, al que tuvo acceso Europa Press, el alto tribunal acordó la obligación del reintegro de las cantidades abonadas en concepto de bono social en los ejercicios 2015 y 2016, más los intereses legales correspondientes computados desde la fecha en que se hizo el pago hasta la fecha de su reintegro, con cargo al sistema eléctrico.

A finales de octubre del año pasado, el Supremo ya había estimado los recursos interpuestos por Endesa y Viesgo -la antigua EON España- y reconoció el derecho de los demandantes a cobrar una indemnización por las cantidades abonadas en concepto de bono social en aplicación del real decreto de 2014 por el que se fijó la metodología de financiación, e impugnado hasta la fecha de ejecución de la sentencia.

POSIBILIDAD INCLUIDA EN LA LEY DE PGE.

A este respecto, el Gobierno ya había incluido varias disposiciones adicionales en el proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2017 en las que recogía la posibilidad de dedicar parte del superávit del sistema eléctrico a sufragar tanto las ayudas a las renovables en territorios no peninsulares como indemnizaciones por fallos judiciales a favor de empresas del sector.

Estas disposiciones con rango de ley suponían una modificación de la Ley del Sector Eléctrico de 2013, en la que se establece que el superávit del sistema eléctrico deberá dedicarse íntegramente a amortizar la deuda generada tras sucesivos años de déficit de tarifa.

La disposición adicional centésima décima cuarta señala que, "de forma excepcional para el año 2017, los superávits de ingresos del sistema eléctrico podrán destinarse al pago de indemnizaciones en ejecución de sentencias derivadas de normativa del sector eléctrico".

Además, todavía esta en pendiente de fallo judicial las cantidades abonadas en concepto de bono social en el año 2014, que fueron aplicadas de acuerdo con la orden IET7350/2014 y cuyos recursos ante la Audiencia Nacional están pendientes de resolverse.