Las tarifas de último recurso no incluirán ningún tipo de impuestos y se pondrán en marcha en 2009

Actualizado: domingo, 4 febrero 2007 15:30

MADRID, 4 Feb.

Las tarifas eléctricas de último recurso, precios máximos que mantendrá el Gobierno a los consumidores domésticos de menor poder adquisitivo para paliar la supresión de las tarifas eléctricas reguladas a partir del 1 de enero de 2009, no incluirán ningún tipo de impuestos, según consta en las enmiendas remitidas por el Grupo Socialista en el Congreso al proyecto de reforma de la Ley del Sector Eléctrico, que recoge Europa Press.

Las propuestas del PSOE recogen, no obstante, que en el supuesto de que las actividades eléctricas fueran gravadas con tributos de carácter autonómicos o local, a las tarifas de último recurso se le podrá incluir un suplemento territorial, que podrá ser diferente en cada comunidad autónoma.

Con el fin de que exista la mayor transparencia en los precios del suministro de energía eléctrica, el PSOE propone desglosar en la facturación al usuario al menos los importes correspondientes a la imputación de los costes de diversificación, seguridad de garantía de abastecimiento y permanentes del sistema, así como los tributos que graven el consumo de electricidad y los suplementos territoriales cuando corresponda.

A través de estas enmiendas se adelanta en un año el fin del suministro a tarifa y es a partir de principios de 2009 cuando se crean las tarifas de último recurso para todos los consumidores, y a partir del 1 de enero de 2010 sólo podrán permanecer acogidos a estos precios aquellos consumidores con suministros en baja tensión.

No obstante, a partir del 2011 podrán acogerse a tarifas de último recursos los consumidores cuya potencia contratada sea inferior a 50 KW, es decir, unos 20 millones de hogares, con lo que se pretende de esta manera "proteger a los colectivos que tienen menor capacidad de negociación con las empresas".

La propuesta del PSOE también establece que el Ministerio de Industria deberá modificar el límite de potencia de 50 KW, si así lo recomiendas las condiciones del mercado en relación con los consumidores de baja tensión. Asimismo, el Gobierno podrá determinar los precios que deberán pagar aquellos consumidores que no dispongan de un contrato de suministro en vigor con un comercializador.

Las tarifas de último recurso serán los precios máximos que podrán cobrar los comercializadores que asuman las obligaciones de suministro a los consumidores que se se acojan a las mismas. Estos precios se fijarán de forma que no ocasionen distorsiones de la competencia en el mercado.

Para su cálculo se incluirá el coste de producción de energía eléctrica, que se determinará atendiendo al precio medio previsto del kilovatio hora en el mercado de producción durante el periodo que reglamentariamente se determine y que será revisable de forma independiente. También se contabilizarán los peajes de acceso y los costes de comercialización que correspondan.