Economía/Fiscal.-Los inspectores de Hacienda proponen limitar el consorcio de la AEAT con Cataluña a IRPF y a Patrimonio

Actualizado: jueves, 19 octubre 2006 20:35

Apuestan por que la inspección de los impuestos estatales parcialmente cedidos siga en manos de la Agencia Tributaria estatal


SANTIAGO DE COMPOSTELA, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la Organización Profesional de Inspectores de Hacienda del Estado, José María Peláez, apostó hoy por limitar el consorcio contemplado en el Estatuto de Autonomía de Cataluña entre la agencia tributaria catalana y la estatal a la "coordinación de la gestión" del IRPF y del Impuesto de Patrimonio en una primera fase, que permitiría obtener después la experiencia necesaria para implantar este mecanismo consorcial en otros ámbitos.

Peláez, que presidió hoy el XVI Congreso de esta organización, celebrado en Santiago de Compostela, indicó que la limitación del consorcio a estos dos tributos presenta algunas "ventajas", como el hecho de que el IRPF es el impuesto que "mejor se adecua" a una diferenciación territorial de funciones, al tiempo que el consorcio en el Impuesto del Patrimonio permitiría, adicionalmente, integrar procedimientos de comprobación de la AEAT en el ámbito de tributos autonómicos.

Concretamente, dentro del ámbito del IRPF, Peláez apuntó que el consorcio podría organizar la prestación del servicio de declaraciones de la renta durante la campaña, lo que podría englobar tanto su planificación como su publicidad, organización y ejecución. "Se trataría no ya de una participación de la Generalitat en una campaña diseñada por la Agencia Tributaria, sino de una campaña común", añadió.

En cambio, se mostró más reacio en cuanto a que el control de este impuesto pudiese quedar en manos de la administración autonómica, ya fuera para ralentizar las devoluciones en Cataluña (para un mayor control) o para acelerarlas (y aminorar el reducido control que ahora se hace), "salvo que la agencia tributaria catalana aportase medios materiales y financieros para permitir un mayor control en menos tiempo".

No obstante, los inspectores se muestran más favorables a que el nuevo órgano autonómico pudiera participar en las decisiones que actualmente adopta en Cataluña la Dependencia Regional de Gestión Tributaria, especialmente en cuanto a la posibilidad de realizar una comprobación preferente de determinados perfiles que puedan considerarse de especial interés en este ámbito territorial.

En cambio, los inspectores de Hacienda consideran "difícilmente consorciables" los tributos sobre el comercio exterior, el Impuesto sobre la Renta de No Residentes y el Impuesto sobre Sociedades, los dos primeros por estar íntimamente relacionados con la actividad exterior del Estado y regulados por normas no estatales y, en el caso de Sociedades, debido a que las diferencias de gestión pueden implicar fácilmente deslocalizaciones.

"En nuestra opinión, en el ámbito de los impuestos citados, los argumentos contra la gestión consorciada son demasiado importantes como para extender el consorcio a estos tributos", reza el documento elaborado por los inspectores de Hacienda sobre las agencias tributarias autonómicas.

Lo que sí admiten es que dicho consorcio, después de una primera fase limitada al IRPF y al Impuesto sobre Patrimonio, pueda extenderse a la resolución de conflictos de delimitación entre Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto sobre el Valor Añadido.

En materia de recaudación, los inspectores proponen que el consorcio se encargue de la recaudación en periodo ejecutivo de las deudas de derecho público de la Generalitat, competencia que hoy lleva a cabo la agencia estatal. En este sentido, consideran que "tiene mayor sentido" que sea el consorcio, un organismo en el que participaría la Generalitat, quien se encargase de recaudar deudas contraídas con esta administración.

CONSORCIO: MECANISMO DE DIRECCIÓN.

Asimismo, consideran que el consorcio contemplado en el Estatuto catalán debe configurarse como un "mecanismo de dirección" de la Agencia Tributaria estatal y de la administración tributaria autonómica en el ámbito impositivo que ambos organismos, de forma voluntaria, decidan consorciar dentro del ámbito de sus competencias.

Los inspectores, que consideran imprescindible la reforma de la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas para que se puedan definir con más precisión las características de los consorcios, proponen también que debería haber un intercambio de información mayor entre administraciones tributarias, mediante la creación de una base de datos única, pero sólo en la medida en que se homogenice también el control de acceso a la información tributaria facilitada por los contribuyentes.

"Para que esto sea posible, es necesario que las administraciones tributarias autonómicas se adapten a los sistemas informáticos de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria", añade el documento de los inspectores de Hacienda.