Economía/Fiscal.- El Reaf aconseja a las empresas realizar inversiones a fin de año para reducir la factura fiscal

Actualizado: jueves, 18 diciembre 2008 12:34

MADRID, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (Reaf) recomendó hoy a las empresas que revisen "exhaustivamente" amortizaciones, provisiones y operaciones vinculadas y barajen la posibilidad de realizar a fin de año inversiones o gastos que puedan rebajar la cuota a pagar.

El Reaf, órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas de España, junto con Finanzas.com, ha elaborado un conjunto de recomendaciones a las empresas para poder realizar correctamente el cierre fiscal del Impuesto sobre Sociedades y aprovechar los incentivos fiscales previstos en la norma.

En concreto, los asesores fiscales recomiendan chequear los ajustes contables efectuados por la primera aplicación del nuevo Plan General Contable y destacan que es importante prestar atención a la clasificación que se haga de los instrumentos financieros.

Además, aconsejan que si la empresa tiene provisión por depreciación de cartera en empresas del grupo, multigrupo o asociadas, se reinvierta parte de ella para generar un ingreso contable y fiscal que, en virtud de la modificación introducida a última hora en el trámite parlamentario del proyecto de ley que suprimirá el Impuesto de Patrimonio, será contrarrestado con un ajuste fiscal negativo.

Conviene revisar también, según el Reaf, las operaciones realizadas en el ejercicio con partes vinculadas porque es obligatoria valorarlas a valor normal de mercado. Además, añade que aunque las obligaciones de documentación de estas operaciones no son exigibles hasta el 19 de febrero de 2009, puede convenir recopilar y conservar la documentación que justifique el valor dado por las partes para poder defenderlo ante una eventual comprobación.

Si la entidad está pensando en desprenderse de activos con pérdidas acumuladas y prevé tener una base imponible positiva en el ejercicio, los asesores fiscales indican que puede aprovechar para realizar las minusvalías antes del final del mismo, consiguiendo, de esta forma, un ahorro fiscal del 30% de las pérdidas realizadas si tributa en régimen general.

Por otra parte, si la entidad ha realizado ventas a plazo (los cobros se producen después de un año de transmitidos los bienes o derechos), tiene la posibilidad de imputar la renta generada a medida que se produzcan los cobros, con lo cual conseguirá diferir impuesto.

REVISAR LOS MÉTODOS DE AMORTIZACIÓN.

Asimismo, el Reaf recomienda revisar los métodos y porcentajes de amortización utilizados en contabilidad para ver si son admitidos por la norma fiscal o existe la posibilidad de exprimir este gasto para rebajar la base imponible del Impuesto.

Revisar los contratos de arrendamiento financiero ya que, si cumplen una serie de requisitos, es posible que la entidad pueda deducirse un importe superior al máximo de amortización fiscal previsto para cualquier otra adquisición de bienes del inmovilizado o de inversiones inmobiliarias es otro de los consejos de los asesores.

También recomiendan a las empresas que estén pensando en realizar alguna inversión que otorgue derecho a una deducción para incentivar determinadas actividades, que conviene abordarla antes de que finalice el año y así anticipar el beneficio fiscal.

Finalmente, si la empresa puede calificarse como de reducida dimensión (cifra de negocios del ejercicio anterior inferior a 8 millones de euros), el Reaf recuerda que puede aprovechar una serie de incentivos como la libertad de amortización con creación de empleo, la libertad de amortización de bienes de escaso valor, amortización acelerada de inmovilizado material nuevo o aplicar la deducción para el fomento de las tecnologías de la información y de la comunicación.