Economía/Laboral.- Congreso y Senado aprueban el reglamento de planes de pensiones para ex parlamentarios

Actualizado: martes, 11 julio 2006 22:10

Los que se queden sin escaño recibirán una indemnización de un mes por año trabajado durante un máximo de dos años


MADRID, 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

Las Mesas del Congreso y el Senado aprobaron hoy el 'Reglamento de pensiones parlamentarias y otras prestaciones económicas en favor de los ex-parlamentarios' en virtud del cual se podrán en marcha una serie de ayudas para este colectivo, así como planes de pensiones para diputados y senadores.

Según se informó a Europa Press en fuentes parlamentarias, aunque las partidas para sufragar estas medidas se incluirán por primera vez en los Presupuestos de las Cortes para 2007, este reglamento entrará en vigor en los próximos días cuando se publique en el Boletín Oficial de las Cortes.

Así los ex parlamentarios que necesiten recibir estas ayudas de forma urgente podrán solicitarlas ya y, tras estudiar sus casos, les podrán ser concedidas con cargos a los remanentes de presupuestos anteriores. De hecho, esta es la fórmula que se venía utilizando hasta ahora cuando algunos ex diputados o ex senadores se han dirigido a los presidentes de las Cámaras para exponer situaciones de penuria económica y pedir ayuda.

En concreto, esta iniciativa, que equipara a los parlamentarios españoles a los del resto de Europa, prevé en primer lugar la creación de un fondo, con cargo a los presupuestos de las Cortes, del que podrían beneficiarse aquellos parlamentarios que, habiendo tenido esta condición durante un mínimo de siete años, no hayan acumulado por sus actividades posteriores los años necesarios para recibir el máximo de pensión.

Las Cortes se encargarían de sufragar gran parte de la diferencia de lo que les correspondería por su cotización personal hasta llegar al cien por cien de la pensión. Sólo los que hayan sido parlamentarios durante más de 11 años podrán llegar a ese cien por cien. A los que hayan desarrollado esta labor por un periodo de entre siete y nueve años, el Congreso les dará como máximo el 80 por ciento del tramo que les resta hasta el máximo, mientras que si han sido parlamentarios entre nueve y 11 años, el tope se elevaría hasta el 90 por ciento.

VENTAJAS PARA LOS CONSTITUYENTES

Eso sí, existe una excepción: Los miembros de la Cortes Generales durante la totalidad de la Legislatura Constituyente y de la primera Legislatura tendrán derecho a esta pensión aunque no hayan ejercido durante siete años y se les podrá abonar hasta el 80 por ciento de la cantidad que les falte para llegar a la pensión máxima.

Por otra parte, ex parlamentarios que en el momento de su cese hayan cumplido 65 años o los cumplan en el año en el que se produzca la disolución de la Cámara y carezcan de una actividad profesional o laboral permanente por cuenta propia o ajena, tendrán derecho a que las Cortes Generales le mantengan en situación de alta en la Seguridad Social hasta que completen el periodo de cotización necesario para causar el derecho a la pensión de jubilación.

Además, se creará un segundo fondo para indemnizaciones, que podrán ser de dos tipos, "indemnización por cese" u otra "indemnización por disolución" para el periodo que versa entre la disolución de las Cortes y la elecciones de las nuevas, que se entregará en un pago único y en la cuantía que decidan las Mesas de cada Cámara.

INDEMNIZACION POR CESE

Tendrán derecho a una indemnización por cese, también con cargo a los presupuestos de las Cámaras, los parlamentarios que lo hayan sido durante al menos dos años y que no obtengan un nuevo mandato tras las elecciones. La indemnización será mensual y tendrá un cuantía de un mes por año trabajado o fracción superior a seis meses y un límite máximo de 24 mensualidades.

En el reglamento también se establecen fórmulas para aliviar las "situaciones de evidente precariedad" que padecen algunos ex parlamentarios. Por ejemplo, aquellos a los que la duración de su mandato no les permita obtener la pensión parlamentaria, así como, en su caso, sus cónyuges viudos o sus hijos menores de 25 años, podrán solicitar la concesión de una ayuda económica. Si el fallecido hubiera ejercido como parlamentario durante siete años, su viudo o viuda o los hijos menores de 25 años, percibirán en un pago único, por un importe total equivalente a dos meses de la asignación constitucional por cada año de mandato del causante.

Asimismo, se crea un Plan de Previsión Social, al que los diputados y senadores destinarán durante su mandato el diez por ciento de su asignación. Con su sueldo base actual, que es de 2.920 euros, diputados y senadores tendrían que abonar 14 mensualidades de 292 euros, con lo que se generaría un fondo de 2,4 millones al año.