Economía/Laboral.- Los funcionarios podrán acogerse a la jubilación parcial

Actualizado: jueves, 30 noviembre 2006 19:59

MADRID, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

Los Grupos Parlamentarios han incorporado al Estatuto de la Función Pública una enmienda en el trámite de ponencia del Congreso que establece la posibilidad de que los funcionarios puedan acceder a la jubilación parcial, una iniciativa que, según CiU, venía demandando el colectivo históricamente.

En concreto, se trata de una propuesta impulsada por los nacionalistas catalanes, que subrayan la importancia del acceso a la "jubilación parcial" por parte de los empleados públicos.

La jubilación parcial procederá, a solicitud del interesado, siempre que el funcionario reúna los requisitos y condiciones establecidas en el Régimen de Seguridad Social que le sea aplicable. La posibilidad de acogerse a la jubilación parcial queda además condicionada a la propia planificación de recursos humanos y a las condiciones especiales que, en su caso, se establezca por ley.

Otra enmienda que CiU ha logrado introducir en el proyecto de ley del Estatuto de la Función Pública reconoce el derecho de los funcionarios interinos a percibir trienios.

En este sentido, el portavoz de Administraciones Públicas de CiU en el Congreso, Jordi Jané, destacó la "importancia de esta medida", ya que responde a una demanda de este colectivo que busca acabar con una "situación de discriminación respecto al resto del personal del ámbito público, incluido los laborales".

Asimismo, se prevé que de los días de libre disposición establecidos por cada Administración Pública, los empleados públicos tengan derecho al disfrute de dos días adicionales al cumplir el sexto trienio (18 años), incrementándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo.

Con ello, asegura CiU, se incentiva la permanencia en la Administración de personas que lleven más de 18 años, en concordancia con los principios de la nueva normativa sobre profesionalización de funciones y necesidad de afianzar la promoción en la carrera administrativa.

Al texto también se ha incorporado otra enmienda de los nacionistalistas catalanes por la que se permitirá a las Comunidades Autónomas fijar la cuantía de las retribuciones complementarias de los empleados públicos.

De este modo, sostiene CiU, se reconoce un aspecto que no estaba recogido en la leyes, pues no se establecía que serían las Administraciones autonómicas las que fijarían la cuantía y estructura de dichos complementos. Por su parte, el Estado seguirá fijando las retribuciones básicas, que se limitan única y exclusivamente a sueldos y trienios.

CONDICIÓN DE "SALVAGUARDAR COMPETENCIAS".

CiU ha conseguido incluir también una nueva disposición final para que esta ley sea de aplicación a todas las Comunidades Autónomas y se interprete sin perjuicio de las posiciones singulares y las competencias exclusivas y compartidas que en materia de función pública y de autoorganización les atribuyen sus respectivos Estatutos de Autonomía.

En este punto, Jané valoró "positivamente esta primera aproximación" desde el punto de vista del "respeto competencial", aunque consideró que sigue siendo "insuficiente". Por ello, aseguró que "seguirá insistiendo para salvaguardar de manera precisa y más concreta en la fase de Comisión las competencias que la Generalitat tiene asumidas en su Estatuto de Cataluña".

En este contexto, CiU condicionó su voto favorable a esta Ley a que "se introduzca de forma clara una salvaguardia de las competencias que los Estatutos Autonómicos deben atribuir a las comunidades autónomas en este ámbito". Por tanto, los nacionalistas se reservan su voto afirmativo a la espera de las transacciones que ofrezcan en Comisión a sus enmiendas en materia de competencias autonómicas.