El Congreso aprueba de forma definitiva la nueva Ley de Metrología, que actualiza los pesos y medidas

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EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 11 diciembre 2014 18:26


MADRID, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso ha aprobado este jueves de forma definitiva la nueva Ley de Metrología, que actualiza la regulación de los pesos y medidas, vigente desde 1985, y la adapta a la normativa internacional. Sin embargo, esta normativa de carácter técnico sólo ha sido respaldada por el PP, frente a una oposición que critica la inclusión de cambios a otras normas no relacionadas como las leyes Industrial o Eléctrica.

Así, tanto el PSOE como la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) y CiU se han opuesto a todas las enmiendas introducidas por el Senado en el proyecto de ley, como forma de protesta contra la decisión del partido mayoritario de modificar "por la puerta de atrás" otras normativas que tienen un "importante impacto" en la vida de los ciudadanos.

En particular, se quejan de la "desregulación" en el control de la seguridad industrial que se provoca con la sustitución de la autorización administrativa previa por una declaración responsable, y advierten del vaciado de competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en relación con la fijación de los precios de los peajes eléctricos.

Asuntos que, en opinión de la oposición, deberían haberse debatido convenientemente en su propia ley, y no dentro de una normativa que nada tiene que ver con ellos y que, de no haberse incorporado estas modificaciones, habría obtenido un respaldo mayor.

CONTENIDO DE LA NORMA

La Ley de Metrología actualiza el marco legal del sistema de medidas, unificando y clarificando la normativa, incorporando las directrices internacionales y mejorando el control de los instrumentos de medida, lo que dará, según el Ejecutivo, una mayor calidad en los instrumentos de medición y en la seguridad jurídica de las mediciones.

Como principal novedad, la ley recoge la obligatoriedad de utilizar el Sistema Internacional de Medidas, que va más allá de las tradicionales unidades de medida al incluir no sólo las unidades, su nombre y definición, sino también los símbolos, las reglas de escritura y el uso de múltiplos y submúltiplos.

Por otra parte, se define el alcance del control metrológico del Estado, los elementos que se someten a control, las fases que comprende, sus procedimientos de vigilancia e inspección, el tratamiento de las modificaciones y reparaciones realizadas durante la vida útil de los instrumentos y la regulación metrológica de los productos preenvasados.

El control metrológico del Estado es el conjunto de actividades que contribuyen a garantizar la certeza y corrección del resultado de las mediciones, los procedimientos adecuados para su utilización, mantenimiento, evaluación y verificación, así como la tipología y obligaciones de los agentes intervinientes.

Los elementos sometidos a este control son aquellos instrumentos, medios, materiales de referencia, sistemas de medida y programas informáticos que sirven para medir o contar y que sean utilizados por razones de interés público, salud y seguridad pública, orden público, protección del medio ambiente, protección o información de los consumidores y usuarios, recaudación de tributos, cálculo de aranceles, cánones, sanciones administrativas, realización de peritajes judiciales y establecimiento de las garantías básicas para un comercio leal.

Además, el proyecto de ley modifica diversos artículos de la normativa de Industria de 1992 en relación con la garantía de que los productos e instalaciones industriales cumplan los requisitos técnicos de seguridad y protección del medio ambiente.

ENMIENDAS PARLAMENTARIAS

Tras su primera fase de tramitación en el Congreso el texto original resultó modificado con una veintena de cambios, incluyendo una precisión para aclarar que será el Gobierno el que establezca la estructura y condiciones de aplicación de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución eléctrica tanto para consumidores como para productores, en lugar de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC).

Además, se abrió la puerta a la posibilidad de preautorizar instalaciones de la red de transporte de energía que se estime necesario poner en servicio a más de seis años vista, que es el tiempo que la normativa vigente estipula como periodo de planificación a efectos de iniciar los trámites administrativos pertinentes.

Dado que se abre la puerta a habilitar con una declaración responsable a entidades privadas para realizar la evaluación o las verificaciones sobre el control metrológico del Estado, también se ha decidido aclarar que serán "organismos notificados los que actúan en la evaluación de la conformidad de los instrumentos sometidos a la legislación armonizada por la UE".

En concreto, los organismos de control metrológico actuarán durante la fase de evaluación de la conformidad de los instrumentos sometidos a la legislación nacional, mientras que los organismos autorizados de verificación metrológica intervendrán en la fase de instrumentos en servicio.

En cuanto al organismo competente para sancionar, el proyecto de ley asigna esta responsabilidad a la administración competente en el lugar donde se encontrara el instrumento de medida en el momento en que se produjo la acción que dé lugar al expediente sancionador.

Además, se precisa que todas las medidas de control que el Estado puede llevar a cabo sobre los instrumentos, medios, materiales de referencia, sistemas de medida y programas informáticos que sirvan para medir y contar deben ser "proporcionadas en relación con el interés público perseguido" y deben poder obtenerse "de la forma menos costosa para los operadores económicos".

Por su parte, el Senado ha incorporado fundamentalmente enmiendas técnicas y correcciones de errores, pero también ha precisado que para que exista una infracción grave la fabricación, importación, distribución, comercialización y uso de instrumentos sometidos a control metrológico deberán poner en riesgo el interés público protegido.

Además, no será necesario que concurran las acciones de envasar, distribuir, importar y vender productos preenvasados cuyo contenido sea inferior al nominal para que haya una infracción grave, en la que se incurrirá con sólo realizar una de dichas actividades. Por otra parte, el Senado aprovecha esta normativa para actualizar a euros las sanciones recogidas en la Ley de Industria, cuyas cuantías no cambian.

Y también se deja en manos de los órganos del Consejo Superior de Metrología el desarrollo de las directrices técnicas de esta regulación, en lugar de confiar esta función a la comisión de Metrología Legal o a la Comisión de laboratorios asociados al Centro Español de Metrología, órganos del Consejo Superior de Metrología y sus grupos de trabajo, como se había decidido con una enmienda en la Cámara Baja.

Finalmente, se encarga al Consejo de Ministros que establezca los condiciones y requisitos exigibles a los miembros de los organismos de control en materia de independencia, eliminando en este sentido la mención al régimen de incompatibilidades.