Economía/Fiscal.-REAF recomienda a las empresas el anticipo de gastos ante el cierre del Impuesto de Sociedades de 2007

Actualizado: martes, 11 diciembre 2007 15:22

MADRID, 11 Dic. (EUROPA PRESS) -

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas, aconsejó hoy a las empresas el anticipo de gastos a 2007 o el traslado de ingresos a 2008 ante el cierre del Impuesto de Sociedades del 2007.

De esta forma, según indicó hoy REAF en un comunicado, las entidades conseguirán rebajar 2,5 puntos porcentuales la tributación del importe por la disminución del tipo impositivo, que se producirá en ejercicios iniciados en 2008 respecto a los iniciados en 2007, pasando del 32,5 al 30%.

Esta es una de las "recetas" que da REAF para que las personas jurídicas pue.dan planificar su tributación por el Impuesto sobre Sociedades del año 2007, ante la reforma aprobada el pasado año que ha supuesto algunos cambios normativos en el presente ejercicio. Estos cambios, en determinados casos (tipos o porcentajes de deducción), también se trasladarán a 2008 y siguientes.

Así, REAF aconseja revisar algunas operaciones como operaciones a plazo, permutas, aportaciones no dinerarias a entidades, adquisiciones de bienes en 'leasing', ventas de inmuebles que forman parte del inmovilizado o multas, por tener una incidencia contable diferente a su consideración fiscal.

Además, recomienda identificar las operaciones realizadas entre partes vinculadas durante el ejercicio, puesto que pasa a ser obligatoria la valoración por el valor de mercado de estas operaciones, por lo que invita a las entidades a identificar las operaciones y guardar esta información para poder defender la valoración ante una posible comprobación.

Por otro lado, el órgano invita a las entidades a adelantar los gastos e inversiones que den derecho a aplicar deducciones en cuota para beneficiarse de unos mejores tipos de deducción, ya que estos porcentajes, por la reforma aprobada a finales de 2006, van disminuyendo cada año.

Además, según REAF, si en 2005, 2006 ó en este ejercicio se han obtenido plusvalías que se puedan acoger a la deducción por reinversión, conviene materializar la misma antes de que termine el período impositivo, para poderla aplicar la deducción "cuanto antes".

A las entidades de reducida dimensión, REAF aconseja aprovechar los beneficios fiscales de este régimen, como la libertad de amortización de bienes del inmovilizado material nuevo si se ha creado empleo, la amortización acelerada para inmovilizado material nuevo e inmovilizado inmaterial, la libertad de amortización de bienes de escaso valor y la deducción estadística de la provisión para insolvencias.

Finalmente, el órgano especializado del Consejo General de Colegios de Economistas recomienda revisar la política de amortización contable y compararla con los límites y posibilidades de la amortización fiscal.