Las aerolíneas deberán incluir las tasas en los precios de los billetes para evitar la publicidad engañosa

Actualizado: martes, 18 julio 2006 21:30


BRUSELAS, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea propuso hoy un nuevo reglamento sobre servicios aéreos cuya medida más novedosa consiste en obligar a las compañías aéreas a incluir todas las tasas aeroportuarias y de carburante en los precios de los billetes de avión con el objetivo de evitar la publicidad engañosa.

Con esta iniciativa, la Comisión pretende luchar contra la creciente práctica de presentar en las promociones de los billetes de avión los precios sin las tasas, que sólo se añaden en el momento de la reserva.

"El principio debe ser que el precio publicitado debe ser el realmente pagado al final por parte del pasajero", explicó el portavoz de Transportes, Stefaan de Rynck.

"No queremos que los pasajeros se lleven sorpresas cuando compren sus billetes y vean que hay tasas aeroportuarias no previstas, una tasa suplementaria por el fuel, por el tratamiento del equipaje, por las sillas de ruedas y otros tipos de tasas y comisiones que a veces se añaden al precio mostrado inicialmente", añadió.

El portavoz insistió en que no se trata de un ataque contra las compañías de bajo coste, porque se trata de un "problema" extendido en todo el mercado aéreo, incluyendo las compañías tradicionales.

El reglamento prohíbe también la discriminación de precio basada en el lugar de residencia del pasajero, la nacionalidad o el lugar de establecimiento de la agencia de viajes.

En el pasado, el Ejecutivo comunitario constató, gracias a las denuncias de los pasajeros, que las tarifas para un mismo asiento en el mismo vuelo variaban según el lugar donde se encontraba el autor de la reserva. Tras recibir una advertencia de Bruselas, las compañías se comprometieron a suprimir estas prácticas voluntariamente, pero ahora quedan prohibidas.

ALQUILER DE AVIONES

El nuevo reglamento sobre servicios aéreos reúne en un solo texto y simplifica tres normas relativas a las licencias de explotación, los derechos en materia de suministro de servicios aéreos en la UE y la tarificación del transporte aéreo, que quedan derogados.

Simplifica las condiciones financieras que todas las compañías aéreas comunitarias tienen que cumplir para recibir una licencia de explotación y establece criterios comunes más estrictos de vigilancia de los Estados miembros. La Comisión podrá suspender o retirar una licencia en el caso de que un país no sea lo suficientemente riguroso.

La propuesta facilita el alquiler (leasing) de aviones matriculados en la UE, pero introduce exigencias más estrictas a los que proceden de países terceros (especialmente cuando implica también el alquiler de la tripulación) para garantizar el respeto de las normas de seguridad y reducir lo máximo posible las consecuencias sociales negativas.

Se simplifican las reglas aplicables a la obligación de servicio público para reducir las exigencias administrativas. La nueva norma impedirá que los Estados miembros acudan excesivamente a la obligación de servicio público como pretexto para cerrar determinados mercados a la competencia, ya que la Comisión podrá exigir un informe económico que la justifique.

En cuanto a la relación con los países terceros, el reglamento suprime los acuerdos bilaterales en vigor entre los Estados miembros que limitan la libertad de suministrar servicios aéreos, prohibiendo por ejemplo la posibilidad de fijar las tarifas de los vuelos que salen de un Estado miembro con destino a un país tercer y con escala en otro país de la UE.