El Congreso convalidará el decreto de Zurbano sin votos en contra

Actualizado: domingo, 18 abril 2010 14:34


MADRID, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso de los Diputados celebrará este martes el debate de convalidación del decreto ley de medidas 'anticrisis' que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 9 de abril como resultado de la negociación de los conocidos como "acuerdos del Palacio de Zurbano", y lo previsible es que reciba el apoyo de PP, CiU, PNV, ERC, Coalición Canaria y UPN, mientras que IU, ICV, BNG, Nafarroa Bai y UPyD, se decantarán por la abstención.

Estas formaciones pedirán además la convalidación del decreto como proyecto de ley, lo que les permitiría introducir modificaciones en la norma, si bien el Gobierno cuenta con apoyos suficientes para evitarlo gracias a los nacionalistas vascos, catalanes, canarios y navarros, que desean que las 54 medidas que contiene la norma actúen con la máxima celeridad.

Por su parte, el PP no descarta pedir también la tramitación como proyecto de ley de una norma que tachan de "decreto de bolsillo", si bien fuentes 'populares' consultadas por Europa Press señalan que tampoco desean entorpecer la aplicación de unas actuaciones que, en buena parte, responden a sus propuestas.

Con estos apoyos, el PSOE se garantiza en cualquier caso una tramitación rápida de la norma, si bien no se ahorrará un debate cargado de reproches por parte de todos los grupos, que consideran las medidas insuficientes y no el verdadero Pacto de Estado que prometía el Gobierno a través de la negociación con el "tridente" compuesto por la vicepresidenta económica, Elena Salgado, y los ministros de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián y de Fomento, José Blanco.

Precisamente será Salgado la encargada de defender tanto este decreto como el otro que se someterá a votación este martes, aprobado por el Gobierno el pasado 30 de marzo, y que amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal, como la acreditación de inversiones y finalización de obras derivadas del Fondo Estatal de Inversión Local debido a los retrasos que ha provocado la mala climatología de los últimos meses.

El conocido como "decreto de Zurbano" permite que los contribuyentes con rentas inferiores a los 53.007,20 euros puedan deducirse en el IRPF hasta el 10% de las cantidades satisfechas por la rehabilitación de viviendas hasta el 31 de diciembre de 2012, con un máximo de 12.000 euros por vivienda habitual.

La deducción estará sujeta a obras que tengan por objeto la mejora energética, la sustitución de las instalaciones de electricidad, agua, gas u otros suministros o la mejora de la accesibilidad al edificio.

Esta medida, que beneficiará al 95% de los contribuyentes siempre y cuando las obras no se abonen en efectivo, será asumida íntegramente por el Estado, con un coste de 1.400 millones, según los cálculos del Departamento de Economía.

A la nueva deducción hay que unir la aplicación de un IVA reducido para todo tipo de obras de mejora y rehabilitación de la vivienda realizadas hasta el 31 de diciembre de 2012 y la ampliación del concepto de rehabilitación estructural a efectos del impuesto.

Asimismo se eleva el umbral de inembargabilidad hasta los 696,6 euros, un 10% más del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), cantidad a la que se sumará un 20% adicional por cada familiar a cargo.

También se contempla la aplicación de un IVA superreducido a los servicios de atención a la dependencia o el 'vale transporte', que supone la exención de la tributación en el IRPF de las cuantías satisfechas por las empresas para desplazamientos entre la residencia y el lugar de trabajo.

Además, contiene una serie de medidas relativas al sector financiero de urgente implantación ante las necesidades de encarar con la máxima eficacia la evolución de la crisis financiera. Con esa intención, se reducen los plazos previstos agilizando la operativa del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) y se realizan una serie de ajustes en su regulación.

El texto contempla además la posibilidad de que se puedan intervenir bancos o cajas con dificultades cuando aparezcan circunstancias sobrevenidas que, para el Banco de España, hagan que no sea previsible encontrar una solución viable para su situación sin el apoyo del FROB.

También en este capítulo se clarifica el régimen aplicable a los Sistemas Institucionales de Protección (SIP) que se creen entre entidades de crédito con objeto de garantizar la máxima seguridad jurídica en operaciones de este tipo, más conocidas como 'fusiones frías'.

En este sentido, se especifica el régimen de consolidación contable, la adhesión a los fondos de garantía de depósitos, se establece un compromiso de permanencia de al menos diez años y se formalizan las consultas en el ámbito tributario para garantizar la neutralidad fiscal en las operaciones.