Economía/Agricultura.- Los comercios europeos podrán vender a partir de hoy frutas y hortalizas con formas 'raras'

Actualizado: miércoles, 1 julio 2009 10:33

BRUSELAS, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

Los comercios europeos podrán vender a partir de hoy frutas y hortalizas con tamaño o forma 'rara', gracias a la revocación de una serie de normas comerciales que se aplican a 26 de estos productos, entre ellas la judía, el melón o el pepino. También podrán aplicarse derogaciones a los diez alimentos que no quedan excluidos de esta normativa, como tomates, fresas o manzanas, siempre que se advierta en su etiquetado.

El objetivo de esta modificación no es sólo simplificar la carga burocrática innecesaria, sino también evitar que las frutas y hortalizas que antes eran descartadas para la venta por su forma acaben en la basura o se destinen únicamente a la transformación.

La comisaria de Agricultura, Mariann Fischer Boel, admitió que "no hay ninguna necesidad de regular estas cosas a escala comunitaria" y consideró que es "mucho mejor" dejar que sea el propio mercado quien lo haga, porque, además, los consumidores podrán escoger entre una "mayor gama de productos".

"Carece de todo sentido tener que tirar productos que están en perfecto estado solo porque no tienen una forma y un tamaño adecuados", añadió.

Los alimentos liberados de cumplir la norma de comercialización son albaricoques, alcachofas, espárragos, berenjenas, aguacates, judías, coles de Bruselas, zanahorias, coliflores, cerezas, calabacines, pepinos, setas cultivadas, ajos, avellanas con cáscara, repollos, puerros, melones, cebollas, guisantes, ciruelas, apios, espinacas, nueces con cáscara, sandías y endibias.

Quedan diez productos que no han sido incluidos en la simplificación (manzanas, cítricos, kiwis, lechugas, melocotones y nectarinas, peras, fresas, pimientos dulces, uvas de mesa y tomates), pero que, sin embargo, sí se beneficiarán en la práctica. Estos artículos representan el 75% del valor de los intercambios comerciales comunitarios.

Los Estados miembros podrán elegir concederles una derogación para la comercialización de, por ejemplo, manzanas más pequeñas o con forma rara, siempre que el producto sea puesto a la venta en cajas diferentes y esté etiquetado de modo que pueda diferenciarse del que sí cumple con la normativa. La etiqueta deberá indicar que es un producto "destinado a la transformación" u otro equivalente.