Economía/Empresas.- (Ampl.) La CNC abre tres expedientes por posibles acuerdos de precios en el sector de los cosméticos

Actualizado: viernes, 20 junio 2008 12:23

La multa podría alcanzar hasta un 10% del volumen de negocio de las empresas infractoras


MADRID, 20 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha iniciado la investigación de tres posibles acuerdos de precios en el sector de los cosméticos, informó hoy el organismo.

La CNC ha procedido a la incoación de tres expedientes sancionadores y ha llevado a cabo trece inspecciones domiciliarias en las sedes de las principales empresas del sector.

En concreto, los expedientes sancionadores se refieren a la rama de productos de geles de baño y ducha (incoado a Puig Beauty & Fashion Group, Sara Lee Household & Body Care España, Henkel Ibérica, Colomer Group Spain y Colgate Palmolive España), dentífricos (incoado a Henkel Ibérica, Unilever España, Glaxo-Smithkline y Colgate Palmolive España) y peluquería profesional (incoado a L'Oreal España, Productos Cosméticos -Wella-, Colomer Group Spain, Eugène Perma España, Cosmética Cosbar -Montibello-, Cosmética Técnica -Lendan-, Henkel Ibérica, DSP Haircare Products y Asociación Nacional de Perfumería y Cosmética -Stanpa-).

El pasado martes y ayer, 17 y 19 de junio, inspectores de la dirección de Investigación del organismo presidido por Luis Berenguer realizaron trece inspecciones en nueve empresas del sector de los cosméticos, así como en una asociación del sector, bajo la sospecha de la existencia de posibles prácticas anticompetitivas consistentes en acuerdos y/o prácticas concertadas para fijar precios en todo el territorio nacional y acordar políticas comerciales comunes en los tres sectores de productos, indicó la CNC.

El objeto de estas investigaciones fue verificar la existencia de actuaciones de las empresas implicadas que podrían constituir prácticas restrictivas prohibidas, así como verificar si los acuerdos se llevaron a la práctica.

La CNC destacó que las inspecciones "suponen un paso importante en el proceso de investigación de la supuesta conducta anticompetitiva, pero no prejuzgan el resultado formal de la investigación".

Si se demostrara la existencia de conductas restrictivas, éstas constituirían una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC) de las más dañinas para la competencia ya que constituyen una infracción muy grave, que podría suponer una multa de hasta el 10% del volumen de negocios total de las empresas infractoras en el ejercicio inmediatamente anterior al de imposición de la multa.

El organismo presidido por Luis Berenguer abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción de los expedientes correspondientes y para su resolución.

La investigación de los cárteles de precios supone una de las prioridades de actuación de la CNC, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores, especialmente cuando se trata de productos de gran consumo, que forman parte de la cesta de la compra de los consumidores finales españoles.