Economía/Finanzas.- La CNC abre expediente sancionador a nueve empresas de seguros y reaseguros por pactar precios

Actualizado: jueves, 31 enero 2008 19:41

MADRID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha abierto un expediente sancionador a nueve empresas de seguros y reaseguros por concertación para la fijación de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio, informó hoy la institución.

Las empresas son Asefa, Caser, Mapfre Empresas Compañía de Seguros y Reaseguros, Mapfre Re Compañía de Reaseguros, Scor Global P&C Ibérica Sucursal, Scor Group, Suiza de Reaseguros Ibérica Agencia de Reaseguros, Swiss Reinsurance Company, y Munchener Sucursal en España y Portugal.

Las autoridades nacionales de competencia tuvieron conocimiento en enero de 2007, a través de un artículo publicado en prensa especializada, de que la mayoría de las aseguradoras que ofrecían el seguro decenal de daños a la construcción en España estaban aplicando primas homogéneas.

Esto indujo a la sospecha de que podría existir una práctica anticompetitiva, prohibida por la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), consistente en un posible acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, para la fijación de precios o de otras condiciones comerciales o de servicio.

A raíz de la información, la Dirección de Investigación ha realizado por iniciativa propia una información reservada con el fin de determinar con carácter preliminar la concurrencia de circunstancias que justificasen la incoación de expediente sancionador.

En el marco de esta actuación, el 17 de octubre de 2007 se llevó a cabo una inspección domiciliaria en las principales empresas que operaban en este mercado, tanto aseguradoras como reaseguradoras.

"Visto el resultado de la información reservada y, de conformidad con lo establecido en la LDC, el 28 de enero de 2008, la Dirección de Investigación ha acordado iniciar formalmente un expediente por prácticas prohibidas por el artículo 1 de la LDC, y por el artículo 81 del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea, sin que ello prejuzgue la resolución final", indicó.

Se abre ahora un plazo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la Comisión de Defensa de la Competencia.