Economía/Transportes.- El Gobierno retira aviones de Barajas para reducir el ruido de unas 6.000 operaciones anuales

Actualizado: jueves, 7 septiembre 2006 20:56

Aumenta además en dos horas el margen horario nocturno en el que no pueden operar las aeronaves afectadas


MADRID, 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha impuesto una medida por la que obliga a las compañías aéreas a retirar de sus operaciones en el aeropuerto de Madrid-Barajas, en un plazo de seis años a contar desde el 28 de septiembre de 2007, a las aeronaves más ruidosas, catalogadas como de "reacción subsónicas civiles marginalmente conformes", cuyas operaciones ascienden actualmente a cerca de 6.000 al año.

Así, a partir de entonces, las compañías deberán reducir las operaciones con las aeronaves afectadas a un ritmo mínimo del 15% anual respecto a las operaciones con estos aparatos, y deberá haber alcanzado al 100% de estas operaciones a más tardar el 28 de septiembre de 2012. Según la resolución de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), hay 15 modelos de aeronaves que entran en esta retirada progresiva, tratándose de modelos de diversos fabricantes.

No obstante, la DGAC podrá conceder reducciones sobre el porcentaje obligatorio siempre que la compañía afectada presente las evidencias que las sustenten, así como el plan de renovación de flota. Estas evidencias, según lo previsto en Real Decreto 1257/2003, podrán contener condiciones particulares: cuando una compañía pueda justificar perjuicios que afecten gravemente a la continuidad de la misma o cuando pueda justificar a la entrada en vigor de la resolución la existencia de acuerdos para un inicio de renovación de flota antes de diciembre de 2008.

La DGAC resuelve además la aplicación de una medida parcial de cara a reducir las operaciones nocturnas de aviones de reacción subsónicos civiles, ampliando la actual franja de 0.00 a 6.00 horas a una franja de 23.00 a 7.00 horas. Sin embargo, la dirección del aeropuerto podrá permitir excepcionalmente el despegue o aterrizaje de un avión.

Esta excecpcionalidad se dará cuando la operación se realice en los 30 minutos siguientes o anteriores a los plazos límites previstos --siempre que sea consecuencia de un retraso sobrevenido-- y, por otra parte, cuando se trate de una operación "justificada en la seguridad de la misma", así como las de transporte de ayuda humanitaria "y otras debidas a alteraciones operacionales por la meteorología, huelgas y otras situaciones excepcionales".

Estas medidas, sujetas al Real Decreto 1257/2003 sobre restricciones operativas por el ruido en aeropuertos, son una transposición del ordenamiento jurídico de la Directiva 2002/30/CE del Parlamento y del Consejo europeos, del 26 de marzo de 2002. Dicha Directiva recoge una resolución de la 33 Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional, por la que introduce el concepto de 'enfoque equilibrado' para tratar el problema del ruido de los aviones.

RESTRICCIONES ACTUALES.

Las nuevas medidas se suman a diferentes restricciones ya aplicadas para paliar el problema de la contaminación acústica generada por el tráfico aéreo. Para su resolución, fueron consultados tanto Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) como las asociaciones de compañías aéreas IATA, ACETA, AECA y ALA. Contra la resolución cabe recurso de alzada ante el secretario general de Transportes del Ministerio de Fomento.

Entre las medidas ya en vigor, por una parte están las Declaraciones de Impacto Ambiental de 1996 y 2001, que incorporan restricciones de uso de infraestructuras, en particular en horario nocturno, así como restricciones al uso de la reversa de los motores y unidades auxiliares de potencia y a la prueba de motores salvo en infraestructuras construidas al efecto. Además, la DGAC señala que "desde el año 2000 se han venido introduciendo restricciones operativas dirigidas a reducir el impacto acústico nocturno".

También, en el proceso de determinación del impacto acústico y las huellas de ruido asociadas, la Comisión de Seguimiento de las Obras de Ampliación del Aeropuerto --formada por ayuntamientos afectados y la Comunidad de Madrid-- ha optado por determinados esquemas operacionales de rutas y uso de pistas de vuelo cuyo objeto es minimizar el impacto de las operaciones aéreas en el entorno del aeropuerto. Asimismo, la DGAC afirma que la Comisión ha aprobado planes de aislamiento acústico que han supuesto actuaciones en casi 12.000 viviendas, con una inversión de más de 116 millones de euros.

Además, la DGAC se encarga de informar sobre las servidumbres aeronáuticas de cara a futuros planeamientos urbanísticos en las proximidades de los aeropuertos, y recuerda que en septiembre de 2005 se aprobó la orden de Presidencia del Gobierno sobre procedimientos en el área terminal y en el área de salida de Barajas para paliar la problemática generada por la dispersión de trayectorias.