El Gobierno ordena la prórroga automática de los certificados en el ámbito de la seguridad industrial

Publicado: martes, 7 abril 2020 8:45

MADRID, 7 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Sanidad ha dictado una Orden por la que se establece que los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos de la reglamentación de seguridad industrial, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.

La Orden también fija la prórroga automática, hasta 30 días naturales después a la finalización del estado de alarma, de los certificados expedidos por los organismos designados para efectuar el control metrológico del Estado cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas.

La Orden, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en vigor desde hoy mismo, aclara además que en las actividades de verificación y mantenimiento de seguridad industrial y metrológica será de aplicación el permiso retribuido recuperable establecido por el Gobierno para las actividades no esenciales mientras dicho permiso esté vigente.

Contra la presente orden, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.

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