Publicada en el BOE la Orden sobre el pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2019-2020

Publicado: miércoles, 23 enero 2019 11:01

MADRID, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles la Orden sobre el pago específico al cultivo del algodón para la campaña 2019-2020, cuya entrada en vigor ha sido el 2 de enero de este año.

Las parcelas elegibles para la siembra de algodón que podrán acogerse al pago en la campaña 2019-2020, serán aquéllas en cuyas superficies agrícolas se haya sembrado algodón con derecho a ayuda, al menos una vez, durante las campañas 2000-2001, 2001-2002 y 2002-2003.

Para tener derecho al pago por hectárea de algodón será necesario que las superficies sembradas de algodón hayan respetado la rotación del cultivo, es decir, que en las mismas no se haya cultivado algodón en la campaña 2018-2019.

No obstante, las comunidades autónomas podrán exceptuar de la necesidad de dicha rotación de cultivo a aquellas explotaciones cuya superficie total sembrada de algodón no supere las diez hectáreas adoptando, en su caso, las medidas necesarias para evitar que se creen artificialmente las condiciones para cumplir este requisito.

Asimismo, tendrán derecho al pago por hectárea de algodón aquellas superficies que tengan una densidad mínima de 100.000 plantas por hectárea en regadío y 90.000 plantas por hectárea en secano. Para las variedades híbridas interespecíficas la densidad mínima será de 75.000 plantas por hectárea.

A ellas se suma aquellas en las que la producción de algodón se desarrolle en condiciones normales de cultivo, con variedades autorizadas, y efectivamente cosechadas. Será comprobado que la producción cosechada reúna las condiciones de calidad sana, cabal y comercial.