Actualizado 15/04/2013 17:20

Un hombre cumplirá 30 días de trabajos para la comunidad por insultar y pegar a su mujer

CASTELLÓN, 15 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Castellón ha confirmado una condena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad para un hombre por insultar, empujar y abofetear a su esposa en el domicilio de ambos. Así mismo, se le prohíbe aproximarse a menos de 200 metros del lugar en que se encuentre la víctima y de comunicarse con ella por un periodo de un año.

Así, la sala desestima un recurso de apelación interpuesto por el acusado contra una sentencia del juzgado de lo penal número 1 de Vinaròs que condenaba por violencia de género al acusado, que recurrió alegando que la discusión se desarrolló en una posición de igualdad "seguida de un incidente agresivo puntual y aislado", y también que se trataba de una "discusión de pareja sin más".

La sentencia da como probado que el 7 de mayo de 2012 el acusado, en el domicilio que compartía con su esposa, comenzó a insultarla, a la vez que la empujó contra el sofá y le dio dos bofetadas en la cara. Posteriormente rompió la vajilla que se encontraba en la mesa dispuesta para su uso en la comida.

Como consecuencia de los hechos, la mujer tuvo dolencias consistentes en un eritema facial, que precisó de una primera asistencia. La Audiencia asegura que el recurso no puede ser estimado al considerar que no hubo una "mera discusión", sino una agresión consistente en varias bofetadas, por lo que los hechos están "correctamente calificados", ya que "concurren una serie de circunstancias que permiten considerar el hecho como una manifestación de violencia de género".

Así, la sala argumenta que el acusado, "entre insultos reiterados a su esposa" y "entre muestras de violencia gratuita --la rotura de los platos-- agredió a su esposa y le quitó el teléfono, lo que, según la Audiencia, "se trata de una manifestación de violencia machista que es propia de la violencia de género".