Publicado 08/03/2019 15:10

Se elevan las cuantías no contributivas de las prestaciones familiares por hijo para combatir la pobreza infantil

Maternidad, hijos, nacimiento
EUROPA PRESS - Archivo

   Aprobado el subsidio para parados mayores de 52 años y el registro de la jornada laboral

   MADRID, 8 Mar. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes 8 de marzo en un decreto ley el aumento de las cuantías no contributivas de las prestaciones familiares por hijo, que establece el incremento de la asignación económica por hijo a cargo (que pasa a 341 euros anuales, con carácter general) y que aumenta hasta 588 euros en el caso de personas con menores ingresos.

   En su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, la ministra de Trabajo, Migraciones y la Seguridad Social, Magdalena Valerio ha destacado que, con esta medida, se busca "erradicar la pobreza" ya que España presenta un alto nivel de riesgo de pobreza, especialmente acusado en la infancia, un 8% superior al existente en el del resto de países de la Unión Europea, según Eurostat.

   En materia de inmigración se recupera el Fondo de Apoyo a la acogida e integración de inmigrantes, que fue eliminado en el 2012, como ha recordado la ministra. Este fondo, cuya dotación presupuestaria para el ejercicio 2019 será de 70 millones de euros, es el instrumento necesario para articular la colaboración entre la

   Administración General del Estado, las comunidades autónomas y los

   ayuntamientos, y poder garantizar la integración en la sociedad española de la población inmigrante como argumenta el Ministerio.

   Así, esta dotación presupuestaria se destinará a financiar las actuaciones que permitan el desarrollo conjunto de una estrategia de integración de inmigrantes, solicitantes de asilo y beneficiarios de protección internacional, para garantizar la cohesión social, dar respuesta al desafío de los nuevos flujos migratorios y garantizar el respeto de los derechos y obligaciones internacionalmente reconocidos.

   El decreto ley también recoge la recuperación del subsidio para mayores de 52 años (frente a los 55 actuales), el registro de la jornada laboral, bonificaciones a la contratación de parados de larga duración o la recuperación de la cotización de cuidadores no profesionales.

   Valerio ha destacado que la recuperación del subsidio para mayores de 52 años era una de las cuestiones que habían quedado en el aire tras la no aprobación de los Presupuestos de 2019. Con el aumento de 52 a 55 años se beneficiarán más de 114.000 personas, ha explicado la ministra, quien ha indicado que, además, afectará a otras 266.000 personas ya que pasarán a cotizar por el 125% de la base mínima de cotización, frente al 100% del SMI actual.

   De esta forma, los nuevos beneficiarios del subsidio cotizarán en el SEPE por el 125% de la base mínima de cotización y los que ya lo perciben pasarán a hacerlo también por ese 125% de base mínima, referenciada al SMI.

   A su vez, se verán afectadas otras 12.000 personas que cobrarán el subsidio de forma parcial, ya que a partir de ahora todas las personas con contratos a tiempo parcial cobrarán la totalidad del subsidio como si trabajasen a tiempo completo. En conjunto, en torno a 380.000 personas se beneficiarán de los cambios en el subsidio.

   El subsidio para mayores de 55 años es una ayuda mensual de 430 euros que el trabajador en paro cobra hasta que alcanza la edad de jubilación que le permite acceder a una pensión contributiva, con independencia de su modalidad, lo que en la práctica se traduce en jubilaciones anticipadas forzosas y, por tanto, en pensiones de menor cuantía. Esta medida entrará en vigor al día siguiente de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

   Igualmente, a través de este decreto ley se incrementa la duración máxima del subsidio, de forma que los beneficiarios podrán seguir percibiéndolo si no encuentran empleo hasta que les llegue la edad de jubilación.

   Asimismo, el real decreto ley modifica el Estatuto de los Trabajadores en lo que respecta al registro de jornada para que empresas hagan un registro diario del horario de sus trabajadores, que deberá incluir el inicio y finalización de la jornada, sin perjuicio de la flexibilidad horaria.

   En concreto, establece que las compañías deberán conservar los registros durante cuatro años y que permanecerán a disposición de los trabajadores, sindicatos y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Las empresas dispondrán de dos meses desde la publicación del real decreto ley en el BOE para poner en marcha esta medida.

   Con esta medida también se recupera la cotización a la Seguridad Social de los cuidadores familiares de personas dependientes y se recoge una mejora de las cuantías mínimas de las pensiones por incapacidad permanente total.

   Por otro lado, se reduce la cotización de los trabajadores agrarios por cuenta ajena con el objetivo de minimizar el impacto de la subida del salario mínimo a 900 euros, y que los artistas de espectáculos públicos puedan continuar incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social durante sus periodos de inactividad.

    En materia de autónomos, la norma fija que se pagarán las cuotas por todas las contingencias a los trabajadores por cuenta propia que se encontrasen en situación de incapacidad temporal antes de la entrada en vigor del Real Decreto de revalorización de pensiones y otras medidas urgentes en materia social, que se aprobó el pasado mes de diciembre, una vez transcurridos 60 días de incapacidad temporal.

BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN

   También se establecerán bonificaciones a la contratación de parados de larga duración. Así, los empresarios que contraten indefinidamente a personas desempleadas inscritas en el SEPE, al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación, tendrán derecho a una bonificación de la cuota empresarial a la Seguridad Social por trabajador de 1.300 euros al año durante 3 años, cifra que ascenderá a 1.500 euros anuales si la contratada es una mujer.

   En el ámbito agrario se darán bonificaciones a la conversión de contratos eventuales de trabajadores agrarios en contratos indefinidos o contratos fijos discontinuos. Asimismo, habrá una reducción a la mitad de las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores fijos discontinuos de las empresas de sectores de turismo, hostelería y comercio durante los meses de febrero, marzo y noviembre.

   Otra de las medidas aprobadas por el Consejo de Ministros es la

   modificación del Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ), regulado por la Ley 18/2014, de 15 de octubre, una modificación que pretende dar mayor seguridad jurídica a los jóvenes a la hora de inscribirse en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

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