Actualizado 27/01/2010 15:40

Un abogado acusa a cuatro municipios catalanes por restringir el trámite de papeles a inmigrantes

BARCELONA, 27 Ene. (EUROPA PRESS) -

El abogado y miembro del Colectivo Ronda de asesoría jurídica Sergi Santacana criticó hoy a cuatro municipios barceloneses --Santa Margarida i els Monjos, Vilafranca del Penedès, Sant Boi de Llobregat y Cornellà-- por restringir a inmigrantes el trámite del Informe de Inserción Social, previo a la autorización de residencia por arraigo.

En rueda de prensa, Santacana señaló que estos ayuntamientos tienen criterios "más restrictivos que los establecidos por la ley", como exigir la residencia en el municipio o la participación en una de sus entidades durante por lo menos seis meses.

Según explicó, los únicos requisitos legales son acreditar la residencia ininterrumpida en el Estado durante tres años; la integración en redes sociales --por ejemplo, una biblioteca--; el dominio de los idiomas oficiales, y un contrato u oferta de trabajo.

El miembro de la Asociación Cultural La Fornal de Vilafranca del Penedès, Alba Prades, criticó al consistorio por considerar que un extranjero no acreditaba de forma satisfactoria su permanencia en España. "La Delegación del Gobierno se contentó con que mostrase a algunos amigos para otorgarle la residencia", sentenció.

OBLIGACIÓN DE EMPADRONAR

Sobre el empadronamiento, Santacana apuntó que se debe inscribir a todos los que residen de forma habitual en un municipio --también en situación irregular--, y aseguró que los consistorios "no tienen potestad" para limitar el número de empadronados en cada vivienda, en referencia a los pisos patera.

Destacó que las pruebas de residencia "son válidas mientras no se demuestre lo contrario", y afirmó que la Guardia Urbana puede inspeccionar los domicilios de los empadronados en caso de duda. Citó la misma práctica, al preguntarle qué herramientas tienen los ayuntamientos para lidiar con los pisos colador --donde se inscriben familiares que acuden puntualmente a España para acceder a servicios sociales--.

En su dictamen, argumentó que el Estado no podría expulsar a los extranjeros en situación irregular del país sin el padrón porque debe conocer su identidad, y añadió que la propia Ley de Bases del Régimen Local pide anotar el número de pasaporte de inmigrantes sin permiso de residencia.

Sin embargo, dudó que la Policía Nacional pueda acceder a los datos del padrón, y señaló que la autoridad competente es el delegado del Gobierno en nombre de la Administración General del Estado ."La Ley de Extranjería abre dudas sobre si estos datos pueden utilizarse para expulsar", concluyó luego.

En relación al informe del bufete Roca Junyent sobre los criterios de empadronamiento en Vic (Barcelona), lamentó que no se haya hecho público, y lo consideró "significativo". Consideró que Vic nunca vulneró la legalidad porque nunca llegó a aplicar los nuevos requisitos.