Actualizado 23/06/2009 15:14

Los forenses descartan que la muerte del bebé imputada a su cuidadora fuera accidental y la califican de homicida

Sostienen que la acusada zarandeó a la niña violentamente y golpeó su cabeza contra una superficie rígida pero acolchada


VALLADOLID, 23 Jun. (EUROPA PRESS) -

El informe emitido por los forenses que practicaron la autopsia a la niña vallisoletana de seis meses que murió en agosto de 2007 cuando se encontraba al cuidado de su 'canguro', María del Rosario R.D, descartaron que las graves lesiones que presentaba la pequeña se hubieran producido de forma accidental, bien a causa de una caída o durante un supuesto intento de la acusada de evitar que se asfixiara con la papilla, y se mostraron categóricos al afirmar que el óbito responde a una etiología de carácter claramente "homicida".

Las conclusiones del informe expuestas por los autores, durante la tercera jornada del juicio con jurado popular que se celebra en la Audiencia de Valladolid, dejaron muy poco margen de maniobra al letrado que defiende a la cuidadora, ya que, tanto por el tipo de lesiones como por la gravedad de las mismas, los forenses rechazaron que la propia bebé, Ana Helena, dada su escasa movilidad, pudiera haberse lesionado de forma accidental y sostuvieron que "una persona", en referencia a la acusada, fue la causante de su muerte.

Los expertos explicaron que el fallecimiento de la criatura se produjo a causa de lo que, en literatura médica, se conoce como "el síndrome del niño zarandeado o del niño sacudido y golpeado", en alusión a que Ana Helena sufrió gravísimas lesiones intracraneales, entre ellas un edema cerebral que privó de oxígeno al cerebro, cuando, según la hipótesis que mantienen, la acusada la cogió por detrás, la zarandeó con fuerza y golpeó su cabeza contra una superficie rígida pero acolchada, posiblemente un sofá.

"Con el zarandeo, el cerebro adquiere una velocidad dentro de la caja que multiplica por nueve la fuerza de la gravedad. Si en ese momento se golpea la cabeza bruscamente contra un objeto rígido la deceleración es tal que la fuerza de la gravedad se multiplica entonces por cincuenta, y el cerebro se va hacia adelante y cizalla todos los vasos sanguíneos", resumió el perito, quien añadió que la víctima recibió al menos cinco o seis golpes directos en la cara, sin poder concretar el mecanismo, y otro más en la zona frontal, el más grave, contra un objeto duro y acolchado.

La autopsia realizada a la niña descubrió que ésta presentaba equimosis o cardenales en la cara y la región frontal, lesiones externas todas ellas de carácter traumático, y otras internas, intracraneales, lo que llevó a los forenses a insistir en que las mismas son incompatibles con una supuesta caída accidental, así como con el intento de la acusada de evitar la asfixia de la niña con la papilla o con las maniobras de reanimación practicadas por varias vecinas o los servicios de emergencias 112.

NO HUBO ATRAGANTAMIENTO

Respecto del atragantamiento con el puré, versión que sostiene la procesada, los forenses negaron tal posibilidad y lo fundamentaron en que los sanitarios del 112 no tuvieron problema alguno a la hora de intubar a la paciente, al no hallar obstáculos en la laringe, y también en los resultados de la propia autopsia, en la que no se encontraron restos de comida ni el 'árbol respiratorio' ni en el estómago.

"Además, no me explico cómo a una niña que se atraganta se le dan golpes en la cara, cuando el sentido común es que se le den unos golpecitos en la espalda. No encuentro justificación alguna a los golpes que presentaba en la cara y las graves lesiones en el cerebro", sentenció rotundo el forense.

Durante la prueba pericial practicada, los forenses utilizaron para sus explicaciones fotografías de la niña fallecida, parte de las cuales fueron puestas a disposición de los miembros del jurado--alguno de ellos dio muestras de estar impresionado--y también del Ministerio Fiscal y letrados de la acusación particular y la defensa.

Hasta la propia acusada, María del Rosario R.D, que ocupaba una silla junto a su letrado, pareció mostrar interés por el impactante material gráfico ya que en distintas ocasiones posó su mirada impasible sobre las instantáneas que manejaba su representante legal.

El juicio entrará mañana en su cuarta sesión. El Ministerio Fiscal, en su escrito de calificación provisional, considera que la acusada es autora de un delito de homicidio y solicita la pena de 12 meses de prisión, además de la obligación de indemnizar con 150.000 euros a la madre del bebé.

Por su parte, la acusación particular, en representación de la madre de la niña, solicita para la imputada una pena de 25 años de prisión por delito de asesinato agravado, al considerar que su conducta reúne todos los condicionantes necesarios para solicitar una condena máxima, al concurrir, en su opinión, las circunstancias agravantes de alevosía y ensañamiento.

Frente a ambas acusaciones, el letrado de la defensa de la 'canguro' solicita una sentencia absolutoria, fundamentado en la propia versión de su patrocinada, que niega cualquier responsabilidad en la muerte del bebé que tenía a su cargo, y alternativamente una pena mínima por homicidio imprudente.