Actualizado 28/06/2007 21:04

Los acogedores de un menor declarado en desamparo en Sevilla se retiran de todos los procedimientos judiciales abiertos

SEVILLA, 28 Jun. (EUROPA PRESS) -

Los acogedores de Iván, el menor declarado en desamparo porque su madre biológica era alcohólica y que debe ser indemnizada con 1,7 millones de euros por la retira irregular, han anunciado hoy que se han retirado de todos los procedimientos judiciales abiertos, tanto en los Juzgados como en el Tribunal Constitucional (TC).

Según explicó a Europa Press la letrada de la familia preadoptiva, María del Mar Arredondo, los padres "han decidido retirarse de todo el tema judicial porque ya estamos rozando el absurdo con este caso, porque la madre se encuentra en muy delicado estado de salud, el niño ha ido a verla a Madrid y no ya no quiere verla más".

Así, la abogada se mostró muy sorprendida por la vista celebrada ayer en la Audiencia Provincial de Sevilla, a la que la madre biológica, Carmen Fernández, ha reclamado que se cumpla el régimen de visitas a su hijo, ya que su hija, que también le fue retirada, decidió volver con ella.

De esta forma, dijo que "nosotros hemos solicitado al Juzgado de Familia número 7 que se archivara el caso, pero aún no hemos obtenido respuesta", recordando que retiró el recurso que tenía presentado en el TC contra el régimen de visitas establecido por la sentencia, al considerar que no se había tenido en cuenta la opinión del menor, que "no quiere ver a la madre".

El recurso se retiró precisamente, después de que Iván acudiera a Madrid a ver a la madre biológica, "por humanidad", dado que ésta se encuentra en un delicado estado de salud, y porque el menor ha retomado el contacto con su hermana, "que es lo que nos importaba". Así, Arredondo aseguró que "es absurdo mantener abierta una causa judicial cuando los dos menores han retomado el contacto y se están viendo de mutuo acuerdo y cuando hasta el niño ha accedido a ir a ver a la madre".

La abogada basaba su recurso en que existió vulneración de los derechos del menor "porque no ha sido escuchado para establecer el régimen de visitas". En este sentido, recordó que la intención de los dos niños "siempre ha sido la de verse, pero no en un Punto de Encuentro como pretendía la Junta de Andalucía".

Arredondo apuntaba en su escrito que "no tiene sentido" que se continúe regulando las visitas entre la madre e Iván y su hermana en los Puntos de Encuentros cuando "no se producido ninguna y no se van a producir porque ni el niño quiere ver a la madre y ella no puede acudir por su delicada situación de salud".

AYER EN LA AUDIENCIA

Fuentes del caso indicaron a Europa Press que la madre ha recurrido a la Audiencia dado que "no se ha cumplido ni una de las visitas" que se ordenaron por un auto de la Sección Sexta, que no era recurrible, en el que también se fijó la indemnización de 1,7 millones de euros.

En la vista, celebrada en la Sección Segunda --la misma Sala que hace un mes ordenó la entrega inmediata del dinero, si bien se paralizó posteriormente por orden del TC-- la Junta de Andalucía, encargada de regular las visitas, alegó que "existe un calendario establecido para las mismas" y que para que se lleven a cabo "está dispuesto el Punto de Encuentro" para que el menor pudiera ver a su madre y a su hermana.

El letrado que defiende los intereses de la madre solicitó por su parte, "la ejecución real de las visitas" y que se cumpla el derecho, tanto de la madre biológica como de Sara, a encontrarse con su hermano.

LA INDEMNIZACIÓN

De momento, de los 1,7 millones de indemnización por la retirada irregular Carmen Fernández sólo ha podido disponer de 72.670 euros, que fue la establecida en un principio, como medida de garantía a la espera de que el Tribunal Constitucional (TC) se pronunciase sobre el amparo solicitado por la administración autonómica, según una resolución del Juzgado de Familia número 7 de Sevilla dictada tras el auto de la Sección Segunda de la Audiencia que ordenaba "la entrega inmediata".

Iván y Sara fueron declarados en desamparo y dados en adopción en septiembre de 1998, mientras su madre se encontraba en tratamiento de desintoxicación de su adicción al alcohol. En septiembre de ese año, el juez de familia número 7 de Sevilla ratificó dicho desamparo y acordó la entrega de los menores en acogimiento preadoptivo, sentencia que fue revocada por la Audiencia Provincial.