Actualizado 17/09/2007 20:19

La Audiencia de Gipuzkoa condena a seis años de cárcel a los padres de un niño por maltrato y abuso sexual

Dice que la Diputación posibilitó, al no separarles del menor, la consolidación de la violencia y "su extensión al plano sexual"


SAN SEBASTIAN, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha condenado a seis años de cárcel a los padres de un niño por maltratar físicamente y abusar sexualmente de él durante varios años. Además, califica de "desafortunada" la actuación de la Diputación foral, por no haber separado antes al menor de su familia, lo que "posibilitó la consolidación de la violencia psicofísica" que sufrió y "su extensión al plano sexual".

La sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, retira a la pareja la patria potestad del niño, de 13 años, al tiempo que le prohíbe comunicarse con él y su otra hija, de nueve años de edad, durante cinco años. Además, deberán indemnizar con 12.000 euros al pequeño por los daños que le han causado.

Según señala la resolución judicial, la pareja procedía también de "familias disfuncionales" y habían sido víctimas de maltrato y abuso sexual en el caso de la madre, de 33 años de edad.

La Audiencia guipuzcoana concluye que los acusados, "en plurales ocasiones, propinaban golpes a su hijo, no le dejaban jugar", ni salir al parque y le "aislaban" de relaciones sociales. De esa manera, creció como un niño "retraído, con temor al adulto, y quedó estrangulado e instrumentalizado en el conflicto de la pareja".

Además, desde su primera infancia, y en reiteradas ocasiones, vio a sus padres mantener relaciones sexuales, y "participó" en estas, con "tocamientos" por parte de su padre, de 39 años.

HEMATOMAS

En febrero de 1995, cuando el niño tenía un año y cinco meses, el pediatra constató que tenía hematomas, y puso los hechos en conocimiento de los Servicios Sociales de la Diputación, que sometió a la familia a un programa de intervención denominado Giza-lan, "cuyo objetivo era la eliminación de la situación de maltrato físico y emocional hacia el niño y la mejora de las habilidades parentales".

Sin embargo, días después de iniciarlo, los padres le golpearon y provocaron diversos hematomas en la frente y el rostro. Además, en el año 1996, el niño comenzó a presentar problemas en la escritura y retraso en el lenguaje.

El programa de intervención finalizó en mayo de 1997, fecha en la que la familia fue "dada de alta", pero sólo dos días más tarde, el niño sufrió una "crisis convulsiva con pérdida de conciencia", que fue diagnosticada como epilepsia y, posteriormente, presentó alopecia y degaldez extrema.

En 1999, el colegio alertó a los servicios sociales municipales de que el niño presentaba "comportamientos disruptivos". La Diputación sometió, de nuevo, a la familia al programa Giza-Lan, que evolucionó "negativamente" y, por ello, le aplicó un programa de apoyo permanente.

Finalmente, sometió a los menores al "servicio respiro", un acogimiento residencial por un plazo máximo de 30 días. En abril de 2003, la madre firmó la cesión formal de la guarda de sus dos hijos a favor del ente foral.

"BAJA AUTOESTIMA"

La resolución judicial señala que, a consecuencia de la actuación de sus padres, el menor, ya desde el año 2000, sufre, entre otros problemas, "síndrome depresivo severo y baja auto-estima". Su "deterioro psicológico" es de "tal magnitud que continuará afectándole durante años", destaca la sentencia.

Los magistrados constatan que su hermana, que nació en 1998, ha vivido en ese "clima" y sufre por ello un "evidente daño físico-psíquico", pero no ha encontrado pruebas de que sufriera agresiones. No obstante, solicita al fiscal que promueva las medidas procedentes para privar a la pareja de la patria potestad sobre ella.

La Sala también critica a la Sección de Infancia y Juventud de la Diputación foral, porque "durante ocho años implementó, de forma discontinua, programas de intervención administrativa" durante los cuales, "a pesar del riesgo de sufrir vejaciones, mantuvo al menor en el núcleo familiar".

Destaca que, durante ese periodo, el niño "continúo siendo víctima de la violencia de sus padres y, de forma añadida, padeció la depravación sexual de los mismos". El tribunal estima que la actuación administrativa "no constituyó un marco de contención eficaz del riesgo de victimación" de ambos menores.

"Es más, posibilitó la consolidación de la violencia psicofísica que padecía" el niño, "la extensión de la violencia sufrida por el menor al plano sexual, y la expansión de la violencia psicofísica a la menor", añade. La resolución concluye que, de esa manera, "favoreció nuevas victimaciones y creó nuevas víctimas".