Actualizado 24/03/2010 08:28

UE.- Bruselas propondrá hoy una norma para determinar la ley aplicable a los divorcios internacionales


BRUSELAS, 24 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Comisión Europea propondrá hoy poner en marcha por primera vez el denominado mecanismo de 'cooperación reforzada' con el objetivo de sacar adelante una norma que determina la ley aplicable a los divorcios internacionales.

Cada año, alrededor de 140.000 parejas internacionales se divorcian en la UE, cifra que representa el 19% del total de las separaciones, según los datos de Bruselas. La Comisión pretende reforzar la seguridad jurídica en estos casos para determinar cuestiones como quién se quedará con la custodia de los hijos o cómo se repartirá el patrimonio.

El Ejecutivo comunitario ya presentó en 2006 un reglamento sobre divorcios internacionales pero Suecia lo vetó porque no quiere que un tribunal suyo aplique una ley de otro país.

Como la legislación de la UE sobre derecho de familia exige unanimidad, la única manera de sortear este bloqueo es mediante la cooperación reforzada. España y otros ocho países -Grecia, Rumanía, Eslovenia, Austria, Italia, Luxemburgo, Hungría y Francia- reclamaron al Ejecutivo comunitario que activara este procedimiento y la comisaria de Justicia, Viviane Reding, responderá este miércoles a sus demandas. El resto de países podrá sumarse si lo desean.

En la actualidad, un cónyuge que tenga recursos para pagar los gastos de desplazamiento y el abogado puede buscar un tribunal en otro país para que su caso sea analizado con la legislación más favorable a sus intereses. La propuesta pretende proteger a los cónyuges más débiles para que no se vean perjudicados por estas maniobras.

La propuesta inicial de Bruselas permitía a los cónyuges escoger la ley aplicable a su divorcio. En los casos en que no haya acuerdo entre los esposos sobre la ley aplicable, la Comisión proponía una serie de criterios basados en la proximidad. En primer lugar, se dará prioridad a la normativa del país de residencia habitual. Si ya no viven juntos, a la del último lugar de residencia conjunta. Si nadie vive ya allí se aplicaría la legislación de la nacionalidad común de los cónyuges, y si son de países distintos, la del tribunal al que se acuda.

Además, y a petición española, se especificó que los tribunales europeos no aplicarán una ley de divorcio, aunque esté pactada por las partes, que contenga discriminaciones por razón de sexo.

La norma no pretende en ningún caso armonizar las legislaciones nacionales sobre el divorcio, que son muy variadas. El caso más extremo es el de Malta, cuya legislación no permite el divorcio, aunque sí reconoce las sentencias de divorcio dictadas por tribunales extranjeros.