Actualizado 21/08/2007 15:32

RSC.- CEACCU aconseja a los turistas afectados por el huracán 'Dean' que reclamen el reembolso de lo abonado


MADRID, 21 Ago. (EUROPA PRESS TELEVISIÓN) -

El responsable jurídico de la Confederación Española de Organizaciones de Amas de Casa, Consumidores y Usuarios (CEACCU), Eugenio Ribón, aclaró hoy en referencia a los turistas afectados por el huracán 'Dean', que los usuarios deberán presentar sus reclamaciones "por escrito" y que éstos tienen derecho "al reembolso" de las cantidades que hayan entregado o, en caso de que esto no sea posible, a que las agencias ofrezcan un transporte alternativo "que sea de su satisfacción".

En cuanto a aquellos viajeros que se han visto inmersos en la crisis provocada por el huracán porque ya se encontraban en la zona, Ribón señaló que "tendrán derecho a recibir una atención permanente por parte de la compañía", y que ello incluye "alojamiento en el hotel, y dos llamadas telefónicas". Asimismo, dijo que en caso de que se vean obligados a permanecer en el aeropuerto "tendrán derecho a comida y bebida, con independencia de un transporte alternativo".

"Lo más importante al presentar una reclamación será documentarla por escrito y que el usuario conserve una copia clara de esa reclamación, ya que las misivas orales y telefónicas no podrán ser demostradas", señaló el portavoz.

Para efectuar dicha gestión, Ribón aconsejó dirigirse primero "a la compañía conque se ha contratado el servicio". En caso de que el trámite no tenga éxito, recordó que el cliente tendrá "derecho a reclamar en el juzgado de primera instancia en un plazo de dos años desde la finalización del viaje".

La documentación clave a la hora de realizar la reclamación será "el contrato de transporte o de viaje, la publicidad y la reclamación", apuntó el portavoz.

Por otra parte, por la cancelación del vuelo "hay indemnizaciones que pueden llegar a 600 euros, además del transporte alternativo". En caso de retraso "la indemnización puede ser aún mayor", subrayó Ribón.

No obstante, matizó que "en caso de circunstancias climatológicas ajenas a la compañía y a la agencia, la responsabilidad de las empresas se limita muy seriamente".