Actualizado 03/09/2010 17:12

RSC.-El Gobierno introduce nuevas especificaciones a carburantes para cumplir objetivos de biocombustible

MADRID, 3 Sep. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se modifican las especificaciones técnicas de gasolinas, gasóleos, utilización de biocarburantes y contenido de azufre de los combustibles para uso marítimo con el objetivo de adaptar el consumo de estos productos a la normativa europea de objetivos de energías renovables en 2020 y al cumplimiento de los objetivos de biocombustible previstos.

La directiva que se traspone forma parte de un amplio paquete normativo que incluye medidas para luchar contra el cambio climático y promover el uso de energías renovables con la finalidad de alcanzar los objetivos de reducción de un 20% de las emisiones de gases de efecto invernadero y de participación del 20% de las energías renovables en el consumo total energético en la Unión Europea para 2020.

El Gobierno indica que el real decreto busca colaborar en el cumplimiento de los objetivos nacionales de consumo de biocarburantes previstos para 2010 del sector de hidrocarburos de 1998, fijados en un mínimo del 3,40% y el 5,83% en 2009 y 2010, así como en el desarrollo de la normativa por la que se establece un mecanismo de fomento del uso de biocarburantes y otros combustibles renovables con fines de transporte.

La principal novedad que introduce el decreto es la modificación de diversos parámetros de las especificaciones, tanto de gasolinas como de gasóleos, para facilitar la incorporación de un mayor volumen de biocarburantes. Se habilita a las estaciones de servicio a utilizar gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 3,7 por 100 en masa y un contenido máximo de etanol de 10 por 100 en volumen.

Sin embargo, no todos los vehículos pueden consumir este carburante, por lo que el decreto obliga a que hasta el 31 de diciembre de 2013 estén disponibles en el mercado nacional gasolinas con un contenido máximo de oxígeno de 2,7 por 100 en masa y un contenido máximo de etanol de 5 por 100 en volumen, lo que se conoce como gasolinas de protección que pueden consumir todos los vehículos.

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