Actualizado 31/05/2020 17:23

Andalucía renuncia a convocar estancias de inmersión para profesores de colegios bilingües por el estado de alarma

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SEVILLA, 30 May. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía ha resuelto no convocar en el presente ejercicio 2020 las estancias de inmersión lingüísticas para profesores con destino en centros públicos bilingües que se regulan en una orden de 2009, debido al estado de alarma vigente actualmente por la pandemia del coronavirus.

Así figura en una resolución, con fecha del pasado 22 de mayo, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), y por la que se determina no proceder a la convocatoria de estancias de inmersión lingüística para el profesorado con destino en los centros públicos bilingües dependientes de la Consejería de Educación y Deporte para el año 2020.

La resolución, consultada por Europa Press, explica que la orden, de 8 de mayo de 2009, por la que se regulan dichas estancias de inmersión lingüística, establece en su artículo 2 que, anualmente, mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de centros bilingües que será publicada en el BOJA, se realizará la convocatoria de las estancias reguladas en esta orden, "siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias existentes".

No obstante, la Consejería entiende justificado no proceder a la convocatoria de estas estancias este año "teniendo en cuenta el estado de alarma decretado como consecuencia del Covid-19", que "ha supuesto el confinamiento de la población y cierre de las fronteras que impiden el movimiento de las personas", y "no existiendo certeza del momento en que tales restricciones finalicen".

Contra esta resolución, firmada por la directora general de Ordenación y Evaluación Educativa, Aurora María Auxiliadora Morales, cabe interponer recurso de alzada ante la Secretaría General de Educación y Formación Profesional de la Consejería en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA.