AMPL.-La Sala del 77 "repone" a Díaz de Rábago en la Sala que juzgará a Ibarretxe y López, al rechazar su recusación

Actualizado: miércoles, 17 septiembre 2008 13:50

BILBAO, 17 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Sala del 77 del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado la recusación planteada por el Foro de Ermua contra el magistrado Manuel Díaz de Rábago, al considerar que no ha quedado comprometida su imparcialidad para juzgar la causa de supuesta desobediencia abierta contra el lehendakari, Juan José Ibarretxe, los dirigentes socialistas, Patxi López y Rodolfo Ares, y cinco representantes de Batasuna -entre ellos, Arnaldo Otegi- por mantener reuniones estando esta formación ilegalizada.

El auto de la Sala Especial del alto Tribunal vasco, fechado el 16 de septiembre y hecho público hoy, desestima la petición de apartamiento de Díaz de Rábago y le "repone" en la Sala que enjuiciará el caso, junto a José Antonio Subinas y Juan Carlos Benito-Butrón.

El Foro de Ermua -que forma parte de la acusación popular- recusó al presidente de la Sala de lo Social del TSJPV al considerar que había quedado "comprometida" su imparcialidad al pronunciarse, a través de declaraciones, a favor de la Ley de Partidos y del diálogo "sin exclusiones", cuestiones "objeto de enjuiciamiento".

Por su parte, la Sala del 77 ha considerado que Manuel Díaz de Rábago no ha perdido su "imparcialidad" y recuerda que las manifestaciones públicas del Magistrado se produjeron cuando "todavía no era miembro de la Sala que iba a conocer del proceso penal", en calidad de presidente de la Sala de lo Social y miembro nato de la Sala de Gobierno.

En esta línea, recuerda que su incorporación a la Sala juzgadora, "a la que no está destinado y que no era entonces previsible" que la integrara, se produjo el pasado mes de mayo por el turno de sustitución de sus miembros, tras haberse aceptado la recusación de Fernando Ruiz Piñeiro, Antonio García y Nekane Bolado.

En este sentido, la resolución judicial recuerda que "los jueces y magistrados gozan del derecho a expresar libremente sus ideas y opiniones, sin perjuicio de los deberes de discreción y reserva cuando éstas guardan relación con los asuntos sometidos a su Jurisdicción".

A su juicio, las declaraciones de Díaz de Rábago "no permiten mantener la sospecha de parcialidad en que se sustenta la recusación". Por ello, desestima la recusación y "repone" al magistrado en la Sala que juzgará la causa.

De esta forma, la Sala que enjuiciará la causa estará integrada por José Antonio Subinas, Juan Carlos Benito-Brutrón y Díaz de Rábago. El alto Tribunal vasco podría señalar el juicio para antes de finales de año, después de decidir sobre la realización de las pruebas propuestas por las partes.

ACTAS DE LA NEGOCIACION CON ETA

Antes de señalar la fecha de la vista oral, la Sala deberá decidir si estima la petición del Foro de Ermua de requerir al centro de diálogo suizo Henri Dunant las actas de las reuniones mantenidas durante el pasado alto el fuego entre representantes del Gobierno y ETA, de forma que se aporten como prueba documental.

La pretensión de esta acusación popular es que se emplace a la Justicia suiza a colaborar para obtener de este centro "las actas y documentación que puedan estar relacionadas con alguna reunión mantenida entre Batasuna y el Partido Socialista durante el año 2006 y el proceso para conseguir que Batasuna pudiera actuar públicamente sin las restricciones derivadas de su ilegalización, en relación con el proceso de negociación mantenido entre las organización terrorista y el Gobierno de España".

El abogado del Foro de Ermua, Fernando García-Capelo, basa su solicitud en que informaciones publicadas por varios rotativos apuntaban a que la reunión que el 6 de julio de 2006 mantuvieron en San Sebastián Patxi López y Rodolfo Ares con Arnaldo Otegi, Rufi Etxeberria y Olatz Dañobeitia se produjo "dentro de las negociaciones del Ejecutivo y ETA con el objetivo de legalizar a Batasuna".

Aunque no es muy probable que el Tribunal admita esta reclamación, de hacerlo, el inicio del juicio se retrasaría al próximo año, puesto que la solicitud de las actas se debería realizar mediante comisión rogatoria.