El jurado considera culpable a la ex pareja de Ofelia Hernández de asesinato, quebrantamiento de condena y maltrato

Actualizado: viernes, 10 noviembre 2006 23:03

La fiscal rebaja la pena por asesinato de 20 a 17 años y seis meses al aceptarse una atenuante y la defensa pide 15 años por este delito

BILBAO, 10 Nov. (EUROPA PRESS) -

El jurado del caso del crimen de Ofelia Hernández ha considerado a F.A., ex pareja sentimental de la víctima, culpable del delito de asesinato con el agravante de parentesco y únicamente ha aceptado como atenuante la reparación parcial del daño causado. El Tribunal popular ha dictaminado también su culpabilidad por un delito de maltrato habitual y otro de quebrantamiento de condena, con el agravante de la reincidencia.

El Tribunal popular, tras casi un día de deliberación, ha dictaminado que no ha concurrido la eximente completa de trastorno mental transitoria, ni las atenuantes de trastorno límite de personalidad y drogadicción, arrebato y arrepentimiento espontáneo que solicitaba la defensa para F.A. que, en el juicio reconoció haber asestado una cuchillada a Ofelia Hernández, que falleció el 16 de enero de 2006, un día después de estos hechos.

Tras el veredicto del jurado, la fiscal rebajó de 20 años a 17 años y seis meses de cárcel su petición de pena por el delito de asesinato al tener en cuenta que el tribunal popular había aceptado la atenuante de la reparación parcial del daño causado, por la consignación de 36.000 euros que F.A. realizó para los hijos de la víctima, uno de ellos, una niña, hija también del condenado.

Asimismo, solicitó la prohibición de que el condenado se acerque a menos de 500 metros a los hijos de Ofelia Hernández o se comunique con ellos durante un periodo de 25 años.

Por el delito de maltrato habitual la representante del ministerio público mantuvo su solicitud de tres años de prisión y por el de reincidencia en el quebrantamiento de condena que le impedía acercarse a Ofelia Hernández pidió un año de prisión.

Por su parte, las acusaciones ejercidas por el Ayuntamiento de Durango y la asociación Clara Campoamor mantuvieron las peticiones de pena que realizaron en las conclusiones finales al considerar que "pesa" más el agravante de parentesco que el atenuante de la reparación parcial del daño. Ambas partes solicitan 24 años de prisión, 20 por un delito de asesinato con alevosía, 3 años por un delito de maltrato y un año por quebrantamiento de condena.

La defensa, tras el veredicto del jurado, modificó sus petición de seis años y tres meses de prisión por un delito de homicidio con los agravantes de parentesco y abuso de superioridad, por el de 15 años de prisión, la pena mínima prevista por delito de asesinato.

Además, por el delito de quebrantamiento de condena mantuvo su petición de nueve meses, mientras que por el de maltrato habitual, por el que previamente no había solicitado pena, reclama, tras la decisión del Tribunal popular, una pena de un año y nueve meses.

Tras la vistilla, celebrada en la Audiencia Provincial de Bizkaia, el letrado de la defensa anunció que, cuando se dicte la sentencia, presentarán un recurso en el TSJPV. El abogado indicó que confía en que el recurso tenga "visos de prosperar" al ser un tribunal 'togado' el que deberá decidir.

Por su parte, las acusaciones ejercidas por el Ayuntamiento de Durango y la asociación Clara Campoamor manifestaron su satisfacción por el veredicto emitido por el jurado, al haber considerado a F.A. culpables de todos los delitos que le imputaban.