La Junta ofrece a los ciudadanos algunas recomendaciones ante la próxima liberalización del mercado eléctrico

Actualizado: sábado, 13 junio 2009 12:44

MÉRIDA, 13 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Junta de Extremadura ofrece a los ciudadanos algunas recomendaciones a tener en cuenta ante la próxima liberalización del mercado eléctrico a partir del 1 de julio y ante las "elevadas" consultas surgidas entre los clientes.

Así, el Ejecutivo regional apunta que esta liberalización de las tarifas eléctricas no supondrá, en "ningún caso", un corte del suministro; además, no se requiere actuación ni en los equipos ni en la red.

Es conveniente esperar a conocer cuál es el precio de la 'Tarifa de último recurso' fijada por el Estado y valorar las ofertas que irán saliendo por parte de las comercializadoras, "sin precipitarse en la nueva contratación", indicó la Junta en nota de prensa.

En caso de recibir llamadas telefónicas en la que le realicen una oferta de cambio de comercializadora, se debe solicitar las condiciones por escrito a fin de poder estudiarla detenidamente y evitar sorpresas indeseables.

Se podrá elegir a cualquier empresa comercializadora de último recurso y sin compromiso de permanencia y ante cualquier duda diríjase a cualquier organismo de defensa de los derechos de los consumidores.

También resalta la Junta la necesidad de que los ciudadanos se familiaricen con algunos términos como 'suministro de último recurso', un nuevo modelo de gestión de los contratos eléctricos, en el que la actividad de suministro eléctrico pasa a ser ejercido en su totalidad por las empresas comercializadoras en libre competencia, siendo los consumidores de electricidad quienes eligen libremente a su empresa comercializadora.

Otro de los conceptos es 'distribuidora' en el que su función es gestionar las redes de su zona de actuación para la distribución de la energía eléctrica desde las centrales de generación y las redes de transporte hasta los puntos de consumo donde están los clientes. Hasta la fecha, ha sido la encargada de gestionar los contratos de los clientes a tarifa integral. A partir del 1 de julio de 2009 será responsable de la gestión de la red de distribución eléctrica de su zona de actuación, de la calidad de suministro, los equipos de medida, la lectura de contadores y de gestionar las solicitudes de nuevos suministros.

Asimismo, otro de los conceptos es 'comercializadora a mercado libre', su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén en el mercado libre, es decir, a aquellos que han elegido libremente su comercializadora y pactado unas condiciones de contrato. La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora incluye la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa distribuidora y el precio por la energía consumida según el contrato firmado con ella.

'Comercializadora de último recurso' es otro de los conceptos a tener en cuenta, su función es suministrar energía eléctrica a los consumidores que estén acogidos a la tarifa de último recurso. La factura que el cliente paga a su empresa comercializadora de último recurso, incluirá la tarifa de acceso por usar las redes eléctricas de la empresa distribuidora y el precio por la energía consumida, según la tarifa de último recurso establecida por la Administración.

La 'Tarifa Integral' es la tarifa a extinguir el 1 de julio de 2009 que la empresa distribuidora aplicaba a sus clientes de mercado regulado; la 'Tarifa de Acceso' será la tarifa que la empresa comercializadora deberá pagar a la empresa distribuidora por hacer uso de las redes; y la 'Tarifa de Último Recurso' serán los precios establecidos por la Administración que las empresas comercializadoras de último recurso podrán cobrar a los consumidores que se acojan a dichas tarifas. Las tarifas de último recurso serán establecidas por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, en términos de máximos y mínimos.

Podrán acogerse a las tarifas de último recurso los consumidores de energía eléctrica conectados en baja tensión cuya potencia contratada sea inferior o igual a 10 kilovatios. La potencia contratada, se puede consultar en cualquiera de las últimas facturas. La mayoría de los consumidores domésticos y algunas pequeñas empresas podrán acogerse a la tarifa de último recurso.

Si la potencia contratada es superior a 10 kilovatios, será necesario contratar con una empresa comercializadora a mercado libre antes del 1 de julio de 2009. En caso contrario, el contrato será asumido por la empresa comercializadora de último recurso del grupo empresarial propietario de la red de distribución de la zona, a un precio superior, que determinará el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El Ministerio de Industria ha designado como empresas comercializadoras de energía que asumirán la obligación de suministro de último recurso en todo el territorio nacional a 'Endesa Energía XXI, S.L.', 'Iberdrola Comercialización de Último Recurso, SAU', 'Unión Fenosa Metra, S.L.', 'Hidrocantábrico Energía de Último Recurso, SAU' y 'E.On Comercializadora de Último Recurso, S.L.'.