Rural.- Los jóvenes que se incorporen a la actividad agraria podrán obtener hasta 56.000 euros de ayuda de Medio Rural

Actualizado: viernes, 22 febrero 2008 20:16

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 22 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Consellería de Medio Rural destinará 48 millones de euros, repartidos en varias anualidades, a otorgar ayudas a los jóvenes que se incorporen a la actividad agroganadera. Así, los beneficiarios podrán obtener subvenciones desde los 20.000 euros hasta un máximo de 56.000 euros.

El departamento que dirige el nacionalista Alfredo Suárez Canal publicó hoy en el Diario Oficial de Galicia (DOG) la convocatoria de ayudas destinadas a favorecer el relevo generacional y la fijación de población en el rural, mediante incentivos para la incorporación de agricultores jóvenes, primera instalación y mejora de explotaciones agrarias.

Entre los requisitos de los agricultores jóvenes que deseen acceder a estas ayudas figuran poseer, en el momento de su instalación, el nivel de capacitación profesional suficiente o comprometerse a adquirirlo en un plazo de dos años, a partir de la fecha de concesión de la ayuda.

Asimismo, se tendrá en cuenta que se instalan en una explotación agraria que requiera un volumen de trabajo equivalente por lo menos a una Unidad Temporal de Trabajo (UTA) o alcanzar esta condición en un plazo máximo de dos años desde su instalación.

COMPROMETERSE A CINCO AÑOS DE ACTIVIDAD.

De igual modo, deberán comprometerse por escrito a ejercer la actividad agraria durante cinco años, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Además, tendrán que cumplir la explotación las normas mínimas en materia de ambiente, higiene y bienestar de los animales; y ser una persona mayor de 18 y menor de 40 años de edad en el momento de la solicitud.

La primera instalación de un agricultor joven podrá realizarse mediante el acceso a la titularidad exclusiva o compartida de la explotación agraria, por compra, herencia, pacto sucesorio, donación, alquiler, parecería o figuras jurídicas análogas.

De la misma forma, podrán tener acceso a la cotitularidad de una explotación agraria prioritaria; integración como socio en una entidad asociativa con personalidad jurídica, preexistente o de nueva constitución, que sea titular de una explotación agraria prioritaria.