El Consultivo admite que "no restan grandes" competencias por traspasar y propone que la reforma "precise" las vigentes

Actualizado: jueves, 2 febrero 2006 21:45

Recomienda no incorporar al nuevo texto la jurisprudencia constitucional para blindar las competencias

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 2 Feb. (EUROPA PRESS) -

El informe facultativo sobre la reforma del Estatuto elaborado por el Consello Consultivo de Galicia (CCG) recomienda aprovechar la revisión del marco vigente para "definir mejor" las competencias de la comunidad y evitar la "imprecisión" del texto de 1981, ya que "no restan grandes ámbitos materiales" que Galicia pueda adquirir por la vía de la reforma estatutaria.

En el documento elaborado por encargo del presidente de la Xunta, el Consultivo propone aprovechar este proceso para garantizar que las competencias sortean la "asistematicidad" y apuesta por "considerar la alternativa de definir mejor el contenido de los títulos competenciales".

Así, aboga por que el estatuto "redefina una nueva acotación" más explícita y pormenorizada de las competencias, "variando la manifestación genérica e imprecisa" de la norma actual, para superar los "inevitables conflictos" entre administraciones y garantizar un mayor blindaje competencial.

No obstante, advierte de que esta "mayor concreción" no debe emplearse "restrictivamente", sino que debe encaminarse a "construir grandes bloques materiales más coherentes" para "amortiguar la gran fragmentación" del texto de 1981.

Asimismo, el Consultivo advierte de que la reforma topa con el problema de que las dos realidades políticas "más características" del modelo actual, la España plural y la pertenencia a la Unión Europea, están "desconstitucionalizadas", ya que no aparecen recogidas en la Carta Magna.

VÍA DEL ARTÍCULO 150.2

Aún así, admite que es posible aumentar las competencias "variando la técnica empleada" en la redacción de los estatutos y añade que la modificación del actual reparto se puede hacer mediante el "voluntarismo político" del Estado a la hora de emplear el artículo 150.2 de la Constitución --que establece que el Gobierno podrá delegar en las comunidades, mediante ley orgánica, materias susceptibles de ser transferidas--.

Por lo que respecta al método "estrictamente estatutario", el CCG insiste en que "no restan grandes ámbitos" por transferir, aunque avanza que hay competencias no incluidas en la norma gallega que sí prevén otros estatutos, y que se pueden incorporar.

El consello también estudia el "asiento constitucional" que tendría la inclusión de una cláusula genérica que atribuya a Galicia todas las competencias no reservadas al Estado por la Constitución y concluye que esta posibilidad "sería viable", siempre que se interprete "en términos amplios" y no como previsión "expresa y puntual para cada materia".

COMPETENCIAS A INCLUIR

Asimismo, especifica que las oportunidades de incorporar al Estatuto nuevas competencias afectarían a "limitados" ámbitos de asistencia social surgidos después de 1981, como las instituciones públicas de protección de menores; competencias en materia de carreteras o vías férreas de la red estatal cuyo itinerario se inscriba íntegramente en Galicia; y el fomento y ordenación de la investigación científica y desarrollo tecnológico.

Además, indica que la "realidad comunitaria" debe ser recogida "de una u otra forma" por el Estatuto a nivel competencial, ya sea en el preámbulo o en el articulado; pero advierte de que no resultaría "aceptable constitucionalmente" que el Estatuto integrase como propios de su ámbito de competencias "reglamentos ejecutivos de una ley estatal".

Aún así, puntualiza que este punto no impide establecer "fórmulas negociadas" o reconocer competencias reglamentarias si se respeta un mínimo común para todas las comunidades, previamente fijado por el Estado.

Por otra parte, también propone aprovechar la reforma estatutaria para determinar las competencias de la comunidad sobre las entidades locales, independientemente del avance en el proceso de descentralización. Al respecto, apunta incluso la posibilidad de que el nuevo texto establezca los mecanismos a partir de los que garantizar este proceso.

BLINDAJE COMPETENCIAL

El informe advierte de que la modificación estatutaria "no puede privar de atribuciones" al Estado, que es el que "delimita el marco competencial, pero recuerda que en parte de las materias exclusivas del Gobierno central que aparecen en el artículo 149.1 de la Constitución se fijan sólo "funciones concretas de materias concretas".

Además, ante la pregunta de la Xunta de si es conveniente incorporar al Estatuto la doctrina jurisprudencial del Tribunal Constitucional para conseguir una "mejor precisión normativa" de las competencias gallegas, el Consultivo considera que el "carácter variable" del Alto Tribunal, sujeto a cambios, no hace recomendable su incorporación.