El juez reduce seis meses la condena de cárcel al asesino de la joven de A Lama, Alicia Rey

Actualizado: martes, 12 junio 2007 20:45

A CORUÑA, 12 Jun. (EUROPA PRESS) -

El juez redujo seis meses la condena de cárcel de José Manuel Durán, 'O Chioleiro', por el asesinato de la joven Alicia Rey. Deberá cumplir 17 años y seis meses de cárcel en lugar de los 18 años a los que fue condenado. La reducción se basa en la eliminación del agravante de abuso de confianza.

En este sentido, el juez estimó que, aunque en la sentencia se asegura que "se desprende probada la relación de confianza", añade que la circunstancia de abuso de confianza no puede ser considerada en forma autónoma en este caso "toda vez que es inherente a los delitos por los que el acusado debe ser condenado".

José Manuel Durán fue condenado por asesinar a Alicia Rey el 11 de diciembre de 2004 al seccionarle la aorta con un cuchillo en A Lama, Pontevedra, lo que le provocó una hemorragia interna que desembocó en su fallecimiento. Tras ser condenado a 18 años de cárcel, su defensa decidió recurrir por considerar la existencia de algunas inexactitudes en el veredicto.

HECHOS RECURRIDOS

Al margen de aceptar a eliminación del agravante de abuso de confianza, el resto de hechos recurridos por la defensa fueron desestimados por el juez. De hecho, el primero de ellos se centraba en que el condenado fue obligado a realizar una declaración manuscrita que se utilizó como "base inculpatoria del cargo". Sobre esto, el juez opina que esta consideración es "gratuita" y que la autoinculpación no se puede desestimar pues "en la vista oral el acusado reconoció haberlo escrito de manera voluntaria".

Además, el recurso alega "defecto en la proposición del objeto del cuestionario y parcialidad en las instrucciones" ya que en el veredicto no se incluyó que el acusado había dado muerte a la joven porque ella se lo pidió. El juez opina que no guarda una posición "coherente" porque la defensa aseguró que José Manuel Durán no era el asesino.

Finalmente el recurso solicitaba que no se considerase alevosía al alegar "auxilio de suicidio". Un hecho que el juez rebate al explicar que es un hecho "incompatible con el tipo de asesinato que el condenado llevó a cabo".