Pesca.- La Xunta controlará las descargas de mejillón gallego en los 18 puertos autorizados a este fin

Actualizado: martes, 16 diciembre 2008 19:21

Una entidad registrará la mercancía desembarcada y trasladará telemáticamente sus datos a la Administración autonómica

SANTIAGO DE COMPOSTELA, 16 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consellería de Pesca controlará las descargas de mejillón que se cultivan en las bateas de las rías gallegas en el momento de su descarga en puerto, donde deberán registrarse los moluscos bivalvos vivos para transmitir los datos sobre su procedencia a la Administración autonómica.

Esta actuación, regulada por una orden que hoy publica el Diario Oficial de Galicia (DOG) y entrará en vigor mañana, permitirá, además, verificar el volumen de materia prima recogida en el caso del recurso amparado por la denominación de origen (D.O.) Mexillón de Galicia.

En un comunicado, Pesca señaló que el objetivo es habilitar una infraestructura "racional" para que los documentos correspondientes a las descargas de mejillón se puedan emitir de modo telemático a la consellería cuya prioridad es que se garantice la trazabilidad del producto desde las perspectivas sanitaria y pesquera.

Ese procedimiento también pretende favorecer la supervisión que deberá realizar el Consello Regulador de la D.O. Mexillón de Galicia de su producto que abarcará desde la fase de extracción hasta el consumo final.

La nueva orden establece que la descarga de este molusco bivalvo se realizará desde buques de la cuarta lista, la de embarcaciones acuícolas auxiliares, que estén inscritos en el Registro de Buques Pesqueros de la comunidad autónoma de Galicia. Aparte, los barcos deberán depositar la mercancía en 18 puertos ubicados en las provincias de A Coruña y Pontevedra.

Se trata de Lorbé, Muros, Freixo, A Pobra, Cabo de Cruz, Rianxo, Vilaxoán, Vilanova de Arousa, Tragrove (Cambados), A Illa de Arousa, Meloxo, Combarro, Bueu, Aldán, Moaña, Domaio, San Adrián y Baiona. Sólo de modo "circunstancial" se podrá emplear un puerto distinto con la autorización previa de la Dirección Xeral de Estruturas e Mercados da Pesca y de la entidad que gestione la emisión y transmisión telemática de los datos.

INSTALACIONES

Los puertos pesqueros autorizados para la descarga de mejillón deberán disponer de una instalación destinada a realizar los trabajos de registro y emisión de documentos de las partidas de mejillón, así como para la posterior transmisión telemática de los datos. Su gestión corresponderá a la entidad que determine Pesca y se realizará entre las 07.00 y las 20.00 horas.

En lo que respecta al molusco bivalvo amparado por la D.O., su supervisión será efectuada por el Consello Regulador del Mexillón de Galicia, que designará a las personas y medios necesarios para el control del producto. A su vez, Pesca prevé suscribir un convenio de colaboración para dotar de medios a la entidad que realice las labores de registro en los puertos.

La Administración pesquera gallega justificó la nueva orden como respuesta a una necesidad derivada del elevado número de cultivos en bateas ubicadas en las rías gallegas, el importante número de puertos donde se puede realizar la descarga y que, como señaló Pesca, dificulta el control de esa actividad.

En este sentido señaló que también pretende cumplir el reglamento comunitario en materia de higiene de los alimentos de origen animal y, en concreto, con la emisión y transmisión de documentos vinculados a la trazabilidad, aparte de la Lei de promoción e defensa da calidade alimentaria galega.

Asimismo apuntó que se precisa de una infraestructura que permita una "ágil y eficiente" transmisión telemática de los datos y seguimiento de las partidas desembarcadas para ajustarse a lo establecido en la orden que regula la descarga y el transporte de los productos pesqueros frescos hasta la primera venta y el transporte de moluscos bivalvos, equinodernos, tunicados y gasterópodos marinos vivos.