Condenan a una aseguradora por ingresar 120.000 euros del seguro de un cliente en la cuenta de su exmujer

Publicado: lunes, 20 enero 2020 13:00

La mujer sólo entregó 40.000 euros al perjudicado y el Tribunal obliga a la aseguradora a pagar los 80.000 euros restantes

PALMA DE MALLORCA, 20 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Baleares ha condenado a una aseguradora por ingresar 120.000 euros del seguro de un cliente en la cuenta de su exmujer, quien sólo entregó 40.000 euros al perjudicado.

En concreto, la Sala Cuarta de la Audiencia ha obligado a la aseguradora a pagar al perjudicado los 80.000 euros restantes, más los intereses correspondientes.

El hombre había contratado una póliza de seguro para cubrir una situación de invalidez permanente, que le fue reconocida en julio de 2017. La entidad aseguradora reconoció la incapacidad y comunicó el pago de forma verbal a través de la correduría de seguros que había mediado en la contratación.

Sin embargo, la aseguradora abonó los 120.000 euros del seguro en la cuenta a la que se había estado cobrando la prima, que resultó ser de la exmujer del beneficiario. El matrimonio se había separado en 2012. El hombre contactó con su expareja para que le reintegrara la cantidad cobrada, pero, según la demanda, la mujer sólo le transfirió 40.000 euros.

La entidad aseguradora defendió que el pago había sido correcto porque el cliente no había manifestado en ningún momento que quería que le ingresaran el dinero en otra cuenta. La empresa sostuvo que es una práctica habitual entregar el dinero en la cuenta a la que se domicilian los recibos de la prima y que en la transferencia se habían hecho constar los datos personales del beneficiario. También argumentó que el banco no podía deshacer la transferencia.

Por otra parte, la aseguradora planteó que si la exmujer sólo le había devuelto 40.000 euros y se había quedado con los 80.000 euros, podría ser porque existiera una deuda previa del exmarido, que con esa cantidad quedaría satisfecha.

Examinado el caso, el tribunal entiende que aplicando el Código Civil no se puede entender pagado el importe, y considera que la actuación de la aseguradora no fue correcta al abonar el dinero sin solicitar certificado de titularidad de la cuenta ni cerciorarse de que el beneficiario tenía acceso a ella.