Cort aprueba de manera inicial la nueva ordenanza del Informe Evaluador de Edificios

Actualizado: domingo, 7 diciembre 2014 2:07

PALMA DE MALLORCA, 12 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Palma ha aprobado de manera inicial este miércoles la nueva ordenanza del Informe Evaluador de Edificios (IEE), que sustituye a la Inspección Técnica de Edificios a partir de su entrada en vigor en 2015, y que supondrá "una simplificación en la tramitación del informe y un seguimiento de las obras necesarias determinadas, añadiendo criterios de cumplimiento de la normativa de las condiciones de accesibilidad universal y la eficiencia energética".

Así lo ha explicado el teniente de alcalde de Urbanismo y Vivienda, Jesús Valls, quien ha señalado que la gran aportación de la nueva ordenanza es que obliga a la conservación de los edificios", Además, el IEE incluye un seguimiento de la realización de las obras de mejora de los inmuebles mediante un compromiso técnico y un certificado de final de obra.

La ITE, que sigue en vigor hasta la previsible aprobación definitiva de la nueva ordenanza en el primer cuatrimestre del 2015, establece una inspección visual, con cinco grados de resultado, uno de ellos favorable y cinco desfavorables.

La obsolescencia de la ITE se ha aprovechado para dar respuesta a cuestiones incompletas, de forma que la nueva ordenanza simplifica la tramitación e incluye un anexo de definiciones para que los obligados estén correctamente orientados en sus obligaciones. Además, en la página web del Ayuntamiento se colgarán los documentos y modelos necesarios del Ministerio de Fomento.

El IEE es una inspección visual de todo el edificio, pero también evita posibles actitudes obstruccionistas, en el sentido de que "en casos excepcionales, cuando el técnico haya visualizado fachada, planta baja, sótano, construcciones bajo cubierta, zonas comunes y la mayoría de las viviendas, se podrá presentar el IEE y podrá ser favorable bajo la responsabilidad del técnico", ha dicho Valls.

RESULTADOS

El resultado podrá ser favorable o desfavorable. El favorable se podrá tramitar mediante sistema IEE Exprés, tendrá la condición en el momento y el obligado ya habrá cumplido.

Si es desfavorable y hay peligro inminente el expediente pasa a Protección de la Edificación, que dictará las medidas cautelares y si hace falta, ejecutará subsidiariamente por cuestiones de seguridad.

Cuando sea desfavorable con obras necesarias, se tendrá que presentar antes de seis meses un compromiso de ejecución de las obras, con la presencia de un técnico si es necesario, y la aportación del certificado de final de obra antes de certificarlo como favorable, de forma que se establece un control de la realización de las obras.

EFICIENCIA ENERGÉTICA

El IEE también hace referencia "a las condiciones básicas de accesibilidad y la certificación del estado de eficiencia energética", con gradaciones de los niveles A a F. Ambas no comportarán obligaciones, pero la accesibilidad pondrá de manifiesto el estado real y la posible adaptación a la norma específica según el uso del edificio, mientras que la eficiencia será necesaria, entre otras cosas, para obtener subvenciones del Plan de Vivienda.

Las personas obligadas serán los propietarios y quienes los representen, por lo que "lo podrán ser los inquilinos subsidiariamente". Estarán exentas estaciones transformadoras, plazas de aparcamiento individuales, edificaciones de escasa entidad, edificios enteros de propiedad municipal no residenciales, así como las edificaciones unifamiliares aisladas, y no se exigirá la presentación del seguro de responsabilidad civil.

El IEE consiste en un examen para conocer el estado técnico de los edificios de más de 50 años. Se establece un periodo transitorio desde los periodos que actualmente se exigen, de los años 51 al 60. Esta franja termina este año, y cuando entre en vigor en 2015 empieza un régimen transitorio que obliga a presentar el informe en los edificios construidos o rehabilitados integralmente según las siguientes fechas: 2015 (años 61-62), 2016 (años 63-64), 2017 (años 65-66), 2018 (años 67-68), y el 2019 se equilibra y lo tienen que pasar todos los edificios que tengan 50 años.

Posteriormente, el régimen será de renovación cada diez años. Sin embargo, una vez en vigor habrá un periodo de tres meses para pasar la ITE conforme a los parámetros actuales.

La dirección general de la Vivienda del Govern tendrá un registro telemático para recibir los informes de los ayuntamientos. En el caso de edificios no protegidos las sanciones irán de 600 a 1500 euros, y en el supuesto de que sean bajo cualquier tipo de protección, hasta 2.999 euros.

Si se presentan tras la sanción, ésta se rebajará a 150 euros. Por otro lado, si se determinan obras necesarias y no se realizan se contemplan sanciones coercitivas sucesivas de 1000, 2000 y 3000 euros correspondientes a la infracción urbanística.

La nueva ordenanza es fruto de las obligaciones de los objetivos de la UE en eficiencia energética y la Ley estatal de rehabilitación, renovación y regeneración urbana, que obliga a cambiar el contenido del informe y establece los conceptos subvencionables por el Plan Estatal de la Vivienda 2013-2016. Asimismo, la nueva ley de Ordenación y Uso del Suelo balear acoge los nuevos contenidos del IEE que sustituye a nivel municipal a la ITE.

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